Con el nuevo código penal desaparecen las faltas y por tanto los juicios de faltas.
Algunas faltas aparecen como delitos leves, pero delitos, no faltas, otras como sanciones administrativas, etc.
Ahora, en la mayoría de los accidentes de trafico, excepto los que sean delito, o imprudencia, habrá que ir a la vía civil, y pagarse una peritación medica, porque ya no habrá valoración forense.
Un saludo
Carmen abogada de Málaga
M_G&D Abogados
Tel 52213934/647714784
Pues vaya... entonces si no tienes medios económicos te quedas sin poder reclamar... o a través de los abogado de las compañías... con el grave perjuicio para abogados particulares.... que lo hacen para descongestionar los juzgados de instrucción (en vez de poner más medios humanos y técnicos... o que pasaran a los juzgados de Paz) y para beneficiar a las compañías de seguros... otros motivos no veo...