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denuncias detráfico

7 Comentarios
 
Denuncias detráfico
15/12/2004 11:46
tengo una duda si una persona denuncia por ejemplo en la zona azul y otra que va por la calle denuncia un vehículo mal estacionado ¿porque en los dos casos? se dice que son denuncias VOLUNTARIAS si el primero cobra y está al servicio de la administración local aunque no tenga una relación laboral directa y el otro no cobra por realizar la denuncia. Donde puedo encontrar el límite entre voluntario y no voluntario en este caso. Lo de si es agente de la autoridad o no no me sirve de antemano de respuesta necesito algo mas, gracias de antemano
27/01/2005 16:23
Es difícil, porque hay sentencias que no reconocen a los agentes de la ORA con autoridad para sancionar. Sólo puedo decirte que voluntaria es cuando lo hace un particular, y no personas que trabajan para la Administración cumpliendo esa función sancionadora
28/01/2005 00:15
En mi oponión el límite está en comprobar que si la persona que denuncia está revestida de imperium, es decir, que en virtud de nombramiento (no contrato) conforme a la ley a sido atribuida de facultades para denunciar con presunción de veracidad, algo que no se da en los controladores de la ORA aunque presten servicios para la Administración. En resumen, puesto que lo de condición de autoridad se te queda corto, puedes añadirle el vínculo de la relación de servicio. ¿No te has preguntado por qué todos los policías son funcionarios y no personal laboral? Pues por ahí van los tiros (y nunca mejor dicho).
07/02/2005 10:16
Oscar me has dejado desconcertado, la cuestión es que si nos agarramos a la reforma de la Ley de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, donde se prevee la creación de cuerpos de funcionarios que serán agentes de la autoridad pero no policias, porque no se pasan a funcionarios todas las personas que hasta ahora estan realizando denuncias "Voluntarias", con contrato, en un horario determinado y con un sueldo.
La pregunta sería como se puede forzar a la administración local para que regule esta "ilegalidad", piensa que también hay municipios que bajo esta práctica utilizan la grúa municipal con trabajadores contratados que además de denunciar los vehículos mal estacionados los retiran hacia el depósito, esto último, yo entiendo que es un delito tipificado en los articulos 402 y 403 del codigo penal, pero como nadie lo denuncia, los usuarios de la vía pública les toca tragar
10/02/2005 20:34
La presunción de VERACIDAD sólo la tienen las denuncias de POLICIA y GUARDIA CIVIL, todas las demás NO. Por lo que la Admón debe PROBAR LOS HECHOS, no vale la simple denuncia del operario.

Se pueden encontrar formularios en Internet, La Admón. sabe que no compensa a un ciudadano acudir a un profesional por una multa, y que es más barato "pagarla".

Es necesario presentar recursos con alegaciones, conforme a ley, y evitar que los grandes Ayuntamientos se pasen PRINCIPIO DE LEGALIDAD por el Arco del Triunfo.
14/02/2005 16:11
elohim, la administración por sistema desestima la mayoría de recursos de denuncias de tráfico hechas por los controladores de ORA u otros (con nº de agente incluido), que no son agentes de la autoridad, hay infinidad de jurisprudencia en la cual puedes encontrar que como prueba del hecho denunciado es la ratificación del denunciante tal y como lo harían los agentes de la autoridad. Hacer un pliego de descargo que funcione es dificil y para mas inri aunque pudiese estar bordado la administración procedería igual "desestimado en primera instancia", con esto quiero decir que los recursos no son la solución, la solución estaría desmontando los argumentos de denuncia voluntaria, ahora bién por donde se empieza y delante de que administración o ministerio
16/12/2005 16:31
Hola, el motivo de ponerme en contacto con ustedes es sobre mi caso, ya que por exceso de ORA nos llegó una denucia de 12 euros, por lo que no hicimos caso la verdad, la sorpresa es que nos ha llegado una denuncia de 301 euros de tipo "muy grave" en el que anula la anterior por no identificar al conductor responsable de la infraccion, ¡dicen que debidamente requerido para ello!, ahora debo de hacer un pliedo de descargo y no se que puedo poner a algo tan abusurdo como esto.
Gracias, y un saludo,
perfil dp
17/12/2005 21:39
Hay que procurar recoger las denuncias que llegan a casa, pues en caso contrario las publican en el BOP y uno no se entera del procedimiento casi hasta el embargo preventivo, y recurrirlas siempre. Si desestiman las alegaciones iniciales pues se recurre en alzada o reposición, si caben, agotando siempre la vía administrativa ya que muchas veces se gana por prescripción.
En fin, todo antes que pagar religiosamente los atracos a los que someten a los ciudadanos nuestras insaciables administraciones públicas.
Coincido plenamente con elohim respecto al tema de las denuncias puestas por agente de la autoridad y particulares (los vigilantes de la ORA no lo son), cuyos regímenes jurídico-administrativos son muy diferentes.