Buenos días, tengo un amigo que tiene un problema con el juego, es ludópata, está desesperado, ha pensado muchas veces en quitarse la vida, no tiene un euro porque se lo gasta todo en apuestas de todo tipo y me dijo que le acompañara a la comisaría porque se quería denunciar a si mismo para que no le dejasen entrar en ningún sitio de apuestas porque el cree que de esa manera a lo mejor podría dejarlo. Eso es cierto? puede denunciarse a si mismo? como habría que proceder exactamente en este caso?
Póngalo en conocimiento de la persona cuya firma ha falsificado, y que ésta persona denuncie: una vez se resuelva el caso sólo le imputarán la deuda a usted.
Y además le imputarán un delito de falsedad en documento privado y otro de estafa.
En resumen: ofrecimiento previo al acreedor (importante, mejor si es demostrable), y si no hay acuerdo, solicitud de consignación judicial en el juzgado. No hace falta ni abogado ni procurador. Si hubiera controversia sería analizado por un juez.
Estará mil veces mejor explicado en muchos sitios ya. Busca "consignación judicial" en el buscador más famoso de la web y las primeras entradas te dan ya cierta idea de qué es, cómo funciona, y cómo proceder.
Saludos.
Puedes ir a 200 y denunciarte a ti mismo, como a cualquier otra persona, pero en esto que dices no tiene ningún sentido.
Lo que te interesa es una consignación judicial mediante jurisdicción voluntaria.
Art. 98 y 99. de la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
Entonces si quiero que resuelva un juez, solo puede ser si la otra persona me demanda? No puedo adelantarme en el proceso si no me pongo de acuerdo con la otra parte?
Si usted está preguntando si se puede demandar, la respuesta es no. Si lo que pregunta es si se puede denunciar, la respuesta es sí. En el primer caso, la demanda, es para resolver pendencias entre particulares por cuestiones civiles (adopción, deudas, cumplimiento, compraventa, herencia) y la denuncia es para poner en conocimiento de la autoridad unos hechos que pudieran ser constitutivos de delito. Si se refiere a que tiene cuentas pendientes con otra persona y que quiere que las resuelva un juez, no puede usted demandarse a sí mismo, pues una demanda presupone la consideración de que el demandado ha incumplido, lo cual es un contrasentido si se comparte la condición de demandante y demandado.
Aunque su pregunta más bien parece propia para el foro de derecho penal, puede usted denunciarse a sí mismo, pero su relato no vinculará al juez, al fiscal ni a la parte con la que tiene el disenso. Será el punto de partida para abrir un asunto judicial y comenzarlo, investigando si el juez así lo considera todo el tema mediante las diligencias que interen las partes y las que el juzgado provea.
Tengo que devolver una cantidad económica a una persona y no terminamos de ponernos de acuerdo, por lo que amenaza con denunciarme. Me puedo denunciar a mí mismo mediante escrito en el juzgado, para que un juez resuelva aportando documentos etc?