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¿denunciar al custodio por incumplimiento de sentencia sirve para algo?

6 Comentarios
 
10/03/2012 13:57
Aderyn, entender a un tonto es matar las neuronas para ponerse a su nivel, es como si una cucaracha cuidara a un niño, no hay que entenderlo, hay que actuar contra ello.
10/03/2012 13:18
Pues espero que los jueces de aquí tengan el mismo sentido común y esto se solucione, y ojalá no se repita el hecho denunciado, porque francamente soy incapaz de entender esta forma de proceder de la madre. Gracias por las respuestas.
10/03/2012 01:54
Sentencia 185/2011 de 24 octubre, Juzgado 1ª Inst. e Inst. 2 de Icod de los Vinos. Tenerife.
Hechos probados:
Único.- JRVI y LMRL tienen una hija en común menor de edad…La menor no quiso ir a visitar a su padre, ante lo cual la madre dejó que se quedara en Tenerife los días que le correspondían al padre ejercer su derecho de visitas sin imponerse a la menor.

Fundamentos jurídicos.
Primero.-…Consta que la menor debía viajar el 20 de abril de 2011 … y que regresaría el 25 de abril del año en curso… Manifiesta la Sra... que la menor se opone a ver a su padre y que ella no puede hacer nada a pesar de que la niña cuenta con 12 ó 13 años.. Si bien, es preciso señalar que ambos progenitores tienen que dar cumplimiento al régimen de visitas establecido por resolución judicial hasta tanto no se modifique el mismo, siendo una obligación expresa para ambos lo contenido en la parte dispositiva de tal resolución.

Segundo.-…siendo que en las vacaciones de semana santa no se ha procedido a cumplir (el régimen de visitas) por la progenitora custodia, quien a pesar de tener conocimiento del mismo y de sus términos no se ha impuesto sobre la voluntad de la menor haciendo ésta lo que quiere.

Respecto a las manifestaciones de la madre relativas a que la menor no quiere ir a visitar al padre, éstas no son causa justificadora del comportamiento desarrollado por la Sra. ... pues no se puede imponer la voluntad de una menor sobre las decisiones adoptadas por los progenitores en el marco de la guarda y custodia, y mucho menos sobre una decisión adoptada por una resolución judicial.

Fallo.- Que debo condenar y condeno a LMRL como autora de incumplimiento de obligaciones familiares establecidas en resolución judicial del artículo 618.2 C.P…a la pena de treinta días con una cuota diaria de cinco euros…
09/03/2012 23:59
ufff, aderyn, como me suena todo.
Si están obligados, otra cosa es que tarden o que digan que tienen cosas más importantes.
Nosotros nunca hemos tenido problema, tanto con la local, como con la guardia civil.
No desesperen, tengan a mano el movil gravando en modo videocamara, desde que llegan a buscarlos hasta que se marchen, y paciencia mucha paciencia.
09/03/2012 23:32
El niño ha comentado que esta mañana no han ido al colegio ninguno de los dos porque mamá les dijo que estaban enfermos y que le dijo a la niña que si no venía podría dormir con ella (en la cama de mamá). Eso me lo ha dicho el niño a mi, pero luego ha dicho "ai no, que eso no tengo que decirlo, que es algo que no es verdad", que es lo que dice siempre que dice algo que sabe que su madre no quiere que sepamos.
En cuanto a llamar a la policia local, están obligados a venir?
09/03/2012 23:21
Aderyn, supongo que se la admitirán a trámite, pero es un juicio de faltas y no necesita abogado, por lo que creo que no le designaran abogado de oficio.
Sirve de algo? Seguramente que no, si es la primera vez, le dirán que no hubo mala fe por parte de la madre, ya que el mas pequeño si fue, eso le paso a mi pareja, y la señora se quedara de rositas.
Le han preguntado al niño porque la hermana no quería ir, a lo mejor les da alguna pista de lo que puede estar pasando.
Yo les doy un consejo, si se vuelven a ver en esa situación, llamen a la policía local, que se personen y que habrán diligencias, hablaran con ustedes y con la madre y asi a lo mejor en un juicio les sirve de más.
Nosotros hemos conseguido a fuerza de llamarlos cada vez que hay un problema, que pongan lo que ocurre, lo que ven y en que actitud hablan los padres con ellos.
Paciencia, y suerte.
¿denunciar al custodio por incumplimiento de sentencia sirve para algo?
09/03/2012 23:09
Esta tarde he acompañado a mi marido como cada viernes a buscar a sus hijos, un niño de 7 años y una niña de 11, a casa de su madre. Al llegar, los dos estaban sentados en un banco delantede la casa, solos. El niño llevaba la chaqueta y se ha subido al coche, la niña iba en pijama y le ha soltado a su padre que no iba a venirse con él nunca más. Al preguntarle por qué, simplemente ha dicho que quería quedarse con su madre, así que mi marido ha llamado a la madre. Han salido la madre de la niña y la abuela, y ambas han dicho que no querían problemas, pero que si la niña no quería ir era libre de no hacerlo. En otras palabras, que una niña de 11 años es quien decide si va con su padre o no, sin dar ninguna explicación ni excusa y sin haber tenido nunca ningún problema con su padre ni conmigo en los seis años que llevan sus padres divorciados. No pudiendo llevarnos a la niña, hemos cogido al niño y mi marido se ha ido directo al juzgado de guardia a poner una denuncia que, si se admite a trámite, puede desembocar en un juicio de faltas contra la madre por incumplimiento de sentencia, ya que el convenio regulador estipula que los niños deben pasar con su padre el segundo y el cuarto fin de semana de cada mes desde las 15:00 del viernes hasta las 20:00 del domingo y también las tardes de los demás viernes y sábados de 17:00 a 20:00, y en ningun lugar pone que eso sea opcional o que dependa del humor de la niña.
Y ahora mi pregunta es: ¿esa denuncia va a servir de algo? El lunes mi marido tendrá que pedir un abogado de oficio por si al final se va a juicio, ya que no podemos pagar uno, y si la semana que viene la situación se repite habrá otra denuncia el viernes y otra el sábado, pero, ¿realmente servirá de algo o realmente es como ha dicho la funcionaria que nos ha atendido en el juzgado, que afirma que la madre no puede obligar a la hija a ir con su padre?
Y, ya que estamos preguntando cosas, aparte de poner denuncias, hay algo más que se pueda hacer?