Considero que he sido víctima de una mala aplicación de la ley con perjuicios económicos y morales hacia mí en el transcurso y resolución de un proceso penal.
Me gustaría saber que procedimientos debo seguir para reclamar una indemnización a la justicia y si existen plazos de prescripción. También me gustaría saber si puedo contar con un abogado de oficio.
es muy comun lo que te esta pasando yo no soy letrado pero como victima y parte de un colectivo de victimas y abogados, te puedo decir que si se puede pedir indemnizacion y que lo mejor es que enseguida si no han pasado muchos meses vayas al colegio de abogados y pidas asistencia juridica gratuita. De todas maneras si quieres pertener a nuestro grupo que en conjunto vamos a denunciar al estado por la falta de tutela judicial generalizada que sufrimos los españoles. juanandalus@gmail.com
Cunado se te ha dictado la sentencia, si estimas que se e ha violado el derecho fundamental que ampara el art. 24.1 y 2 de la Constitución ( CE), tienes 20 días hábiles para pedir la nulidad de actuaciones, conforme al art. 241.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial ( si no la pides el T.Constitucional no te admitirá el recurso)
Tines derecho a abogado de oficio si cobras por todos los conceptos no más del doble del salario mínimo interprofesional.
1. Difícilmente va a prosperar una denuncia al Estado por falta de tutela judicial, básicamente porque para que se acepte esa denuncia por falta de tutela judicial, debe existir tutela judicial.
Pero bueno, cada uno con su tiempo hace lo que quiere.
2. Si quieres presentar un recurso de amparo ante el TC, gozas de 20 días hábiles para hacerlo.
O recurrir ante instancias superiores en la vía ordinaria (condición necesaria que debe sera agotada previamente).
ismaele00, si existe un agujero en el sistema, más razón para preocuparse.
Digamos que estamos ante una sentencia que contradice literalmente la ley escrita. Los 20 dias ya pasaron.
Por otra parte es inhumano suponer que un servidor debe saberse las leyes de memoria y percartarme en un máximo de 20 días de que la sentencia va contra la ley. Si la sentencia va contra la ley, debe saberse y actuar en consecuencia, aunque sea para darle un tirón de orejas al juez que la escribió.