Buenas tardes,
en junio de 2016 vendí mi vivienda y adquirí otra. Llamé a Iberdrola para dar de alta el nuevo contrato indicando que había vendido la anterior. No di de baja en contrato de la vivienda vendida porque correspondía al comprador hacer el cambio del mismo.
En agosto de 2018 reparo en que estos dos años he estado pagando yo el consumo de la vivienda vendida.
Hablo con la compradora y me indica que no puede pagármelo todo de golpe, son casi 2000€, y que me lo irá pagando mensualmente en dos años.
Tengo obligación de aceptar esa forma de pago? Qué figura le puedo dar a ese trato?
En caso de que no está conforme con ello, podría iniciar un juicio por menor importe? Qué probabilidad de que me den la razón tengo?
Yo tengo claro que le corresponde a la compradora realizar ese pago ya que corresponde al consumo realizado por ella. Tengo la copia de la escritura de compra venta y me consta que está empadronada en ella.
Gracias por anticipado.