en el acta de la junta de propietarios ordinaria que se celebra anualmente, se aprueba por unanimidad, el arreglo/revestimiento de las cazoletas de la azotea(visitable) porque se filtra agua a los pisos de abajo. Han pasado nueve meses, y tras comunicarme la administradora de fincas que " ya lo van a hacer" varias veces, lo cierto es que todavía estoy esperando sin resultados. Me está perjudicando enormenente, ya que el invierno pasado ya denuncié este echo porque me entró agua en el piso por tener goteras, se me cayó la escayola por la humedad tan alta debido al estado de la azotea. MI pregunta es que puedo hacer ante este echo, quien debe responder por la falta de cumplimiento del acuerdo de la junta de propietarios y cual sería el precedimiento a seguir si quisiese poner una reclamación formal.
gracias
No sólo sería responsable el Administrador, sino el presidente de la Comunidad. Mi consejo es que les mandes una carta certificada o burofax y que indiques que si en un plazo prudencial no se lleva a cabo ese "hecho", los demandarás y también a la comunidad, como testigos, o por mejor decir, sería la comunidad quien tendría que demandar a este señor y al presidente. Además puedes poner el hecho en conocimiento del Colegio de Administradores respectivo en su comisión deontológica para que pueda actuar.
En mi comunidad tenemos un problema similar aunque desde hace 4 años. El Administrador muy hábil ante este problema creó una comisión de obras (3 vecinos de la finca incluido el presi) han ido pasando los años y la comisión creada poco han hecho y el administrador sólo se ha limitado en las actas de las reuniones a manifestar su preocupación por este tema de la obra, es decir, el administrador se lava las manos referente ante temas complejos, sólo se limita a cobrar recibos y sus honorarios que se los ha venido subiendo un 5% siempre por encima del IPC. Por eso queremos darle la voleta. Un saludo.
gracias por vuestros consejos, pero aún me queda la duda de donde acudir para poner la demanda, si tengo que acudir a un juzgado o a dónde? ¿ La carta certificada debo mandarla al administrador y al presidente? ¿debo conservar el resguardo de haberlas enviado para que quede constancia de este hecho? gracias
Amigo: entiendo que debes ir a un abogado para que te asesore, pues cualquier cosa que hagas vas a precisar su asesoramiento, de lo contrario, andaras dando tumbos y tu problema seguira agravandose sin ninguna solución.
Es fácil la solución Jaime, el administrador si se lo autoriza la Junta y se lo demanda se encargará de buscar presupuestos de obras, para arreglar el problema. Pero no os olvidéis que el administrador es eso administrador pero no Arquitecto Técnico, y la mayoría de mis compañeros no tienen idea de como solucionar el problema. Digo la Mayoría pues algunos tenemos alguna idea en temas de obras, porque hemos realizado algún master y cursos en la Escuela de Arquitectura, pero al final te lo digo por propia experiencia haces un trabajo que no te remuneran y encima no te hacen ni caso cuando intentas dar un consejo, pues tu no vas sacando la titulitis en cada reunión que tienes de vecinos.
Yo le daría la responsabilidad al administrador, le preguntaría cuanto cobra por vigilar y preocuparse de la obra, y le diría que adelante. Pero las comunidades todo lo que sea dinero, se lo piensan dos veces y prefieren que el vecino tenga goteras.
La consideración jurídica de administrador de fincas rústicas y urbanas tiene un vació legal que incluso un señor que tenga unos ínfimos conocimientos puede desarrollar esta labor.
No obstante los copropietarios, debemos tener muy en cuenta el periodo de actuación del administrador, según los estatutos de cada comunidad debe exponer el periodo, por lo norma son un año, o sea con la Asamblea Gral. Ordinaria, se aprueba la continuidad del administrador, o, no. Otro tema es el elegir Presidente que se debe llevar a cabo mediante Asamblea Gral. Extraordinaria, según la LPH, C.Civil. y en el tema de los tiempos hábiles LPA, saludos.
No tiene usted mas que redactar la demanda, exponer los hechos e irse inmediatamente al juzgado donde recogeran la demanda y la tendran por presentada. Entonces y con caracter inmediato (suele tardar una semana como mucho) el juez ordenara a su Administrador que repare el tejado de su casa.
Es importante que tenga usted en cuenta que en este pais existen abogados y si alguien le dice que deberia contratar a un abogado, desconfíe.
Le recomiendo que la carta certificada la envíe al presidente. No es necesario que conserve el resguardo de haberla enviado para que quede constancia de ello ya que el servicio de correos lo comunica directamente al juez, con la recomendacion de que actue con premura.
Me parece una gran idea dar voleto al Administrador, y si fuera posible, no tienen mas que convocar junta extraordinaria para decidir si le expropian la casa al Presidente y así le dan voleto también.
Hombre Heredom se aprecia su humor sarcastico pero no despiste que puede ser una consulta de buena fe y a lo peor te cree y se presenta en el SAC del juzgado localidad y pretende que le den registro entrada.
Mire Ud. lo más adecuado y económico sería que contactase con su aseguradora comunitaria o de su vivienda y solicitase se personen para verificar a quien corresponden los daños. Solicitar un informe escrito y de acuerdo al mismo- cuando lo tenga- enviar un burofax ( vaya a correos cualquier oficina ) con copia certificada ( nada de carta certificada que hay mucho listo que dice que el sobre estaba vacio y francamente Ud. no tiene ninguna seguridad del envio contenido por ello existen los burofaxes) al presidente comunidad comunicandole los daños que se le han causado añadiendo existe informe en dicho sentido. De un plazo prudente para que le responda - unos 15 o 20 dias naturales - y en su defecto informe que será responsabilidad comunitaria los daños producidos.
Aquí Ud. puede optar por esperar que la comunidad responda con diligencia y si no es asi y francamente los daños son importantes solicite que le reparen dichos desperfectos a un profesional que Ud. debe buscar por su cuenta. Debera abonar la cuantia y con el informe aseguradora más el del profexional que le arrregle los desperfectos más factura dependiendo cuantia podria Ud. mismo presentar papeleta de proceso monitorio en el juzgado de primera instancia de su localidad solicitando reclamacion cantidad.Depende del importe . Mire Ud. la informacion que sobre los monitorios hay en internet. En el registro dele entrada a la papeleta. Encontrará Ud. modelos en internet para redactarlo. Lo importante es que consten los datos de a quien demanda- comunidad- los suyos y el porqué sucintamente. Acuerdese que dependiendo cuantias el monitorio tienen tasas judiciales. Y frente a cualquier duda consulte Ud. con un profesional: administrador fincas colegiado con buena reputacion , abogado y si no tiene recursos tiene derecho a un abogado de oficio que le proporcionara su colegio de abogados localidad- existen criterios para que se lo concedan- pero al menos podra hacer su consulta gratis, eso si tardaran en darle hora.
Francamente vaya perdida de tiempo.
No es por nada pero consultas del 2004 deberian estar cerradas.
Por si no existe un protocolo foro en dicho sentido debería haberlo dado no sale nadie beneficiado.¿ A quien se ayuda así?.
Lo dicho apaga y vamonos.