Buenos días, tengo un hijo estudiando fuera, y debido a las circunstancias economicas que atravesamos, estuvo mirando otro piso para cambiarse mas barato, ahora lo ha encontrado, y el casero con la finalidad creo de no devolver la fianza les acusa no directamente, si no al grupo de 5 estudiantes ambos sexos que estan ahí de robo de edredones de cama. Todo esto sucede mientras ellos estan en la universidad, y todos y cada uno de ellos niegan el robo, si bien quiero dejar claro que el arrendatario tiene llaves del piso, y él mismo a podido similar este robo para como digo no devolver la fianza.
Lo que no quiero es que les llame ladrones a unos cuantos que estan decididos a marcharse, sin tener ninguna prueba.
Si no devuelve la fianza, deberán abrir un proceso civil. En su caso podrían realizar el proceso monitorio (si se cumplen algunos requisitos).
Más información sobre este proceso en http://es.wikipedia.org/wiki/Proceso_monitorio
Respecto a que les llama ladrones deben tener pruebas de ello. En caso que sí dispongan de ellas pueden presentar una querella por calumnias.
Artículo 205.
Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
Artículo 206.
Las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses.
Artículo 207.
El acusado por delito de calumnia quedará exento de toda pena probando el hecho criminal que hubiere imputado.