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denuncia y modificacion de medidas

18 Comentarios
 
Denuncia y modificacion de medidas
20/02/2009 18:23
Hola me gustaria saber q derechos tiene mi ex, en primer lugar dire que hace unos meses tube q denunciarle por impago de pension alimenticia tengo tres niñas y desde el 2005 no pasaba nadami denuncia fue que cuando salio la ayuda para el alquiler de la vivienda me lo denegaron pues en sentencia constaba que me paasaba una pension de 330€ y por ese motivo le denuncie, creo que le llego una carta o citacion por lo penal pero alegando que ni trabaja ni cobra nada de nada no le han hecho ni dicho nada, lo siguiente que me encuentro es qu a mi me citan pues el a solicitado un cambio de medidas sobre las visitas de las niñas, yo siempre he sido la que mas empeño he puesto para que las vea pero le hechaba ultimamente cara para no venir a recogerlas al domicilio y las teniaa que llevar yo q vivi a 30 k no me importaba pero es que en vez de quedarse con ellas cada 15 dias desde el viernes hasta el domingo solo las qeria para tenerlas un rato bien el sabado y bien el domingo asi que termine negandome a llevarselas yo ya qu si no trabaja podria disfrutar de sus hijas los fines de semana, vacaciones pero es muy comodo y mas ciomodo hechar la culpa a los demas, bien ahora quiere verlas solo los sabados de 10 a 2 y los martes o los jueves de 1.30 a 3 cuando las niñas estan en el cole despues del comedor, preguntas porque no lehan hecho nada por lo penal y como puedo rebocar este cambio que quiere hacer de visistas, las niñas van a ginasia ritmica los sabados y al cole no deseo que vaya pues a la niña mayor de 7 años la da verguenza que su padre vaya halli pero tampoco se lo quiere decir porq tiene miedo a que no la quiera ver mas, ruego me deis algun consejo pues estoy realmente desesperada, os informare tambien que el alega no tene sito donde puedan dormir las niñas que el piso de sus padres es de 2 habitaciones cosa q es mentira pues tiene tres y tampoco entiendo no pueda pasar pension y si tener dinero para contratar un abogado ponerse dentadura comprarse coche al nombre del padre por sui puestto y comprar ordenador y rener internt son cosas que yo no entiendo a mi cualquierdia me hechan de donde vivo con mis hijas pq no puedo pagar pues me he quedado en el paro y cobro 652€ y para colmo me rompo dos costilñlas asi que imaguinense tres niñas y yo sola con ellas, en fin me parece injusto que el pueda pedir modificacion de medidas y salga impune de pagar pension. Gracias de antemano i
21/02/2009 08:54
te contesto a base mi experiencia, y k un juez dijo en sentencia. NO KIERO TE SIENTES OFENDIDA

el derecho de las visitas son para el padre y este decide si kiere disfrutarlas o no. las visitas las atribuyen los progenitores de mutuo acuerdo o un juz. (es un derecho k otorgan al no custodioo, pero una obligacion "moral" con los hijos)

con esto decirte k si tu marido no puede/no kiere estar tantos dias/rato con tus hijos El SE LO PIERDE, pero nadie ni un juez le va obligar a hacer esas visitas.

sabemos k la justicia esta mal para ambas partes, incluyendo por parte las madres y por partes de los padres, pero si el a demostrado k no trabaja, etc. y la justicia lo ha dado por valido solo keda esperar a k kizas puedas tu demostrar k es mentira o k ya se volvió a trabajar..... supongo k en esa sentencia si le han kitado de pagar sera temporal hasta k tenga nuevo trabajo....susppongo k tuvo k demostrar k estaba dado de alto en las listas del inem, etc.
21/02/2009 09:45
Ante todo gracia por responder ahora bien mi pregunta s puedo negarme a esa modificacion de medidaas dado a lo q ya expuse los sabados llevo a mis hijas a gimnasia y si acepto a ese cambio yya no las podria llevar yo y lo del horario del coleguio
21/02/2009 15:53
Hola, Kuki:

A pesar de que el código penal, en su artículo 227, tipifica el impago por dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos de la pensión de alimentos como un delito de abandono de familia, con pena de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses, no ha lugar a acciones penales si quien tiene la obligación de prestar alimentos demuestra que no puede cumplir con esa obligación por causas que le son ajenas. Este será, probablemente, el caso de su ex.

Por otra parte, es un error común, al denunciar, vía penal, se puede obtener que le condenen a la pena indicada o no, pero en esta vía no se consigue, hasta donde yo sé, lo que ha de tramitarse por vía civil, esto es, el pago en sí de la pensión de alimentos.

Para que se pague, se debe realizar, vía civil, una demanda de ejecución de sentencia por impago de la pensión de alimentos, lo cual exige los servicios de un abogado y un procurador. Si no puede pagarlos solicítelos de oficio a través del Servicio de Orientación Jurídica (SOJ) sito, normalmente, en los juzgados de su jurisdicción.
En esta demanda usted debe solicitar que se haga efectivo el pago de la pensión de alimentos y que se le reconozca como deuda, y se abonen, los impagos de los 5 últimos años, a los cuales sus hijas tienen derecho, así como a la pensión alimenticia.

Si su ex instó una demanda de modificación de medidas solicitando la extinción o suspensión en la obligación de prestar alimentos o una disminución en la cuantía de la pensión de alimentos y se la concedieron habría que tener en cuenta esta circunstancia.

En dicha demanda de ejecución de sentencia usted puede incluir cualquier otro concepto que suponga un incumplimiento del convenio de separación/divorcio, por ejemplo, el incumplimiento del régimen de visitas solicitando que se haga efectivo. Éste, se ha de llevar a cabo estrictamente, tal y como viene recogido en el citado convenio, no es decir ahora si y mañana no o sólo 4 horas y mañana todo el día a conveniencia de uno.

El régimen de visitas y comunicación, como se indica en no pocas sentencias, es una obligación y un derecho, pero renunciables ambos, como derecho y obligación, en la práctica. Esto tiene su lógica, pues forzarnos a amar a quien no amamos o a estar con quien no deseamos estar, conduciría a situaciones absurdas y, muy probablemente, dañinas para los menores. Lo cual no quita que, de ser aceptado, se deba cumplir. Su ex tiene derecho a pronunciarse en este aspecto y solicitar el régimen que desee, otra cuestión es que el juez acceda a sus pretensiones. Dicho sea de paso, negarse a un régimen de visitas y comunicación, es decir, no mantener relación materno o paterno/filial prolongada, sin causa que lo justifique, es motivo de retirada de la patria potestad. Por lo demás, tanto usted como su ex, tienen derecho a interponer cuantas demandas consideren necesarias y oportunas, un juez, escuchando a las partes y teniendo en cuenta los hechos y las circunstancias, será el que decida. Usted, ante el juez, puede exponer todo aquello que considere necesario.

El que su ex no pague pensión de alimentos puede ser impunidad, si existe delito, o justicia, en caso de no existir delito. Hay causas de extinción de la obligación de prestar alimentos, esta no es solidaria, a pagar a partes iguales, sino proporcional al caudal o fortuna del obligado. Si el caudal o fortuna no existe o disminuye de forma que el obligado no puede satisfacer sus mínimos vitales se extingue la obligación.

Espero haberle aclarado en algo sus dudas.
Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
21/02/2009 16:34
HOLA: muchas gracias por la contestacion, deci q yo solo puse la denuncia en el juzgado por impago de pensiones lo que se qpor su voca que lo llamaron del juzgado de lo penal y se que lo ha reconocido, mio pregunta es le denuncio por incumplimiento de convenio? y asi no podra ejecutarse las medidas que el ha solicitadopues yo he recibido una cedula de emplazamiento. gracias
21/02/2009 17:43
Hola, Kuki:

De entrada me parece raro que le juzgaran a él sin estar usted presente que es la que denuncio.

Por otra parte, hágase a la idea de que denuncia=vía penal, demanda=vía civil y que, en cada vía, los fines a perseguir son distintos. Usted puede denunciar, vía penal, un incumplimiento de convenio y habrá de especificar que tipo de incumplimiento, ¿Incumplimiento del régimen de visitas? Delito de desobediencia a la autoridad, artículo 556 del código penal, ¿Incumplimiento en el pago de pensión de alimentos? Delito de abandono de familia, artículo 227 del mismo código. Denuncie lo que denuncie en ningún caso puede impedir que se proceda con la demanda, vía civil, que ha interpuesto su ex. Son temas distintos.

Un cordial saludo
21/02/2009 18:04
Hola Kuki, solamente opinar sobre lo que leo de usted. ¿Contó usted con el padre para poner unas clases de gimnasia los sabados por la mañana? ¿Las clases de gimnasia son los sabados alternos que no coincidan con el regimen de visitas del padre?
Si usted no contó con su ex para llevar a sus hijas a esas clases de gimnasia que interfieren en el tiempo del regimen de visitas de su padre, creo que se ha excedido en sus funciones como madre, pasandose a lo torero la patria potestad que imagino tendra compartida con el padre.
Del resto creo que ya tiene bastante informacion
21/02/2009 18:20
Hola phoenix creo que no leyo bien mi primer mensdaje mi marido no me da dinero de la pension de mis hijas desde el 2005, las visitas si no insistia y se las llevaba yo tampoco las cumplia mi hija de 7 años es la q mas cuenta se da pue3s mi hermano esta separado y ella ve q va a buscar a sus hijas cada 15 dias el caso de mi marido es cuando a el le conviene o se acuerda de que tiene hijas, para que estuiesen un dia con el en navidad se lo tube q decir el dia que fue a ver la funcion de sus hijas al cole con si madre pues el siempre hecha la culpa a sus padres de no querer tener en su casa a sus nietas y asi fue vino a recogerlas el dia de navidad solo para comer y usted cree q tengo que informarle de las actividades extraescolares de mis hiajas cuando llama una vez cada dos meses
21/02/2009 18:26
Hola emigrante, como bien dije antes yo me he enterado por el a mi no mehan notificado nada, lo q me indigna es que el pueda tener mas derechos q yo cuando no se ha hecho cargo de mis hijas para nada, un ejemplo: yo trabajaba desde las 8 hasta klas 7.30 o mas de la noche y para no dejar ese trabajo q lo ganaba muy bien le dije que ya que el no trabajaba fuese a buscar a sus hijas al cole y las tubiese hasta que yo saliese de trabar y ahora estoy en el pàra asi que usted mismo se puede imaguinar la contestacion de el verdad?
21/02/2009 18:42
Es la segunda vez que me dicen esta tarde que no sé leer, pero creo que la que confunde varias cosas es usted:
Impago de pensión.
Incumplimiento de visitas.
Patria potestad.
El impago de pensión ya le han dicho que lo denuncie por via penal o demande via civil.
El incumplimiento de visitas, también le han dicho que lo denuncie y que el juez puede incluso quitar la patria potestad al padre.
Mientras usted no consiga quitarle la patria potestad debe respetarla y más aún cuando sus decisiones interfieren en su horario de visitas, aunque habitualmente no lo cumpla.
Si lo quiere entender bien, pero hace mucho tiempo que sé leer y lo más importante, entender lo que leo.
Un saludo

21/02/2009 19:09
Hola phoenix no es mi intencion ofendrle pues me contesta para ayudarme cosa q agradezco, digo qu esa actividad la empezaron con el curso escolar pues la dan gratuito en el cole y el cuando entonces no sabiamos de el lo mismo que cuando nos separamos que se fue a chile durante un año,tengo q dejar q mis hijas hagan algo q las gusta pq no aparece el padre para preguntarselo? tambien la myor empieza a la catequesis ahora y llevamos desde enero sin saber de el q hago? Gracias y perdon.
21/02/2009 20:14
Hola kuki suelo limitarme a leer los mensajes pero con los que me siento identificada como es tu caso intento aportar mi opinión no mis conocimientos porque no soy abogada y antes de dar información errónea prefiero no darla. En tu último mensaje te disculpas con phoenix que considero que su única intención es confundir malinterpretando todo lo que lee y dándole la vuelta a todo así que no vale la pena ni disculparse. Manda cojones que se nos exija estemos dando explicaciones a padres que no se preocupan de si duermen bajo un techo y en una cama caliente, de si comen, de si visten, ect.... gracias a dios o almenos espero que así sea, en las separaciones siempre una de las partes ( he de reconocer que conozco muchos casos que son los papas quienes se preocupan más de los hijos aunque mayormente somos nosotras ) es la que asume toda la responsabilidad.
Kuky en mi caso me separé cuando mi hijo tenía un año y ahora tiene tres y desde que nos fuimos no sabemos nada de su padre y no será porque yo no haya intentado que su padre no perdiera el contacto con él. Tu crees que yo tengo que llamar al padre a consultarle nada relacionado con nuestro hijo, acaso se lo merece? supongo que ya conoces mi respuesta. Pensión??? Si no es através del juzgado y de anotaciones de embargo no hay forma de que cumpla con la pensión, el mio finge hasta ceguera total y acude a los juicios con gafas y baston para declararse insolvente, lo que no se imaginaba es que un detective se presentaria con fotos y demostrando que conduce y hace vida normal además de trabajar en negro claro. Y todo para evitar a ayudar en el mantenimiento de su hijo, increible verdad, así que todo lo que me cuentes del tuyo no me resulta extraño.
Gracias a dios los nuestros son casos excepcionales, me niego a pensar en que puedan haber muchas padres o madres de esta calaña, hay pocos y tenemos la mala suerte de habernos cruzado con ellos y ya está.
Bueno suerte y paciencia, que esto de la justicia va lento pero va.
21/02/2009 20:24
Tienes razón Minahr, cuando dices que solo te limitas a leer los mensajes, y mi consejo es que sigas haciendo lo mismo.
La introduccion del post de Kuky empieza:
Hola me gustaria saber q derechos tiene mi ex.
Donde todos entendemos derechos tu te inventas una historia moral.
Mi consejo como ya te he dicho, es que si eres incapaz de limitarte a opinar sobre lo que se pregunta mejor no intervengas.
21/02/2009 20:42
Hola minahr: siento lo tuyo pero yo aun estoy peor ya he dicho q me he quedado sin trabajoy estoy a punto de que me desahucien del piso y ya me contareis donde voy con unas niñas de 7 años y las gemelas de 5y es lo q mas me indigna q no tiene dinero para la pension y tiene de todo coche ordenador intarnet y dentadura nueva bien verdad? cuando se lo he reprochado me contesta q es su vida en la cual no me tengo q meter y yo le digo q es d mis hijas lo q se gasta sabe mi situacion pero a el le da igual como ya he explicado es un mentiroso conpulsivo q se crree victima, vosostros creis? yo q he estado 4 años alimentando sola a mis hijas y jamas le denuncie eso es ser maquiavelica como el me dice en la cedula que he recibido? solo deseo saber que hago si tengo que poner una denuncia como ponerla y que poner perdonarme pero de leyes no se y ahora no tengo dinero para pagar un abogado, q se q hay de oficio, y mucho menos yun detective pq se que el trabaja en negro tambien pero en fin. Gracias
perfil Bri
21/02/2009 20:55
kuky, por lo que manifiesta, usted ha denunciado por vía penal a su ex por abandono de familia en su modalidad de impago de prestaciones alimentarias; sepa que puede usted simultanear la vía civil, y solicitar ejecución de sentencia para que le abone las cantidades atrasadas. ¡Ojo! que usted sólo podrá reclamar en esta vía -la civil- los impagos de los últimos 5 años, y si dice que no le paga desde el 2005, su ex ya lleva 4 años y pico incumpliendo. La vía penal, que es más lenta, seguirá su curso, y si usted, en el procedimiento civil consigue que le abone las cantidades debidas (en todo o en parte), cuando llegue el día del juicio penal sólo tiene que manifestar que ha sido resarcida en ejecución civil en la cantidad que ya haya recibido.

Con respecto a la modificación de medidas que ha instado su ex para cambiar las visitas de las niñas, tendrá que justificar su ex el motivo por el que quiere modificar el convenio suscrito en su día, y usted, si no está de acuerdo, oponerse argumentando lo que considere pertinente.

En civil, para que a su ex le concedan el cambio de los días y horas de visita, tendrá que justificar una causa, pues si es simplemente por capricho, y usted tiene causa justa para oponerse a ese cambio (por ejemplo porque las horas ó días que él quiere las niñas tienen actividades), el juez no se lo concederá.

Y con respecto al procedimiento penal, ya le advierto que a no ser que su ex demuestre que está en una situación asimilable a la indigencia, será condenado, pues cuando uno no puede afrontar los pagos por alimentos a los que está obligado -total o parcialmente- lo que debe hacer es instar modificación de medidas en civil, y no dejar de pagar. Si su ex en 2005 ya no podía pagar, debió entonces solicitar la modificación de medidas y no ahora, en 2008, tras recibir la denuncia de usted. Los jueces y fiscales no son tontos, se lo aseguro.

Para el incidente de modificación de medidas interpuesto por su ex, usted necesitará abogado y procurador para oponerse. Solicite pruebas, lleve testigos si es necesario, que puedan declarar que el nivel de vida que lleva su ex y su capacidad económica no son los que declara.

En fin, luche y pelee por los derechos de sus hijas.

¡Mucha suerte!
21/02/2009 21:07
hOLA BRI muchas gracias por el consejo asi lo hare este mismo lunes lo q tengo duda es si debo ir al jzgado antes para dnunciarle por imcumplimiento de convenio tanto de visitas como de impago, tambien te dire que no pide modificacion de medidas por tema economico simplemente el horario es decir reducir todo solo estar los sabados un rato para eso en la cedula involucra a mi hermano q dice no venir a por las niñas ya q el le amenazo tanto verbal como por mensaje cosa q puedo jurar es mentira pero como he dicho es un mentiroro patologuico qyu al final termina dando pena a la gente. gracia
22/02/2009 00:21
Kuky, cuando un progenitor lleva dos años incumpliendo sus obligaciones se le puede retirar la patria potestad, no se si se ajusta a tu caso, creo que bri te lo puede explicar mejor.
perfil Bri
22/02/2009 04:39
Efectivamente, el incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones derivadas de la patria potestad puede conllevar la suspensión, o, incluso, la privación total del ejercico de la patria potestad.

kurky, no dice uste si tiene ya abogado que le defienda. Si no es así es lo primero que tiene que hacer: conseguir abogado. Si sus ingresos no llegan a cierta cantidad, podrá solicitar justicia gratuita y le designarán uno de oficio.

Cuando tenga abogado expóngale su caso y él/ella le asesorará y recomendará la mejor estrategia a seguir.

Un saludo.
22/02/2009 11:37
Ante todo gracias a todos por asesorarme, no , no tengo abogado, cobro 652€ y mañana lunes ire a pedir uno de oficio ya os dire lo que me asesoran. Gracias