Perdoname que insista, pero en tu respuesta dices algo muy importante que quizá yo no dije en su momento…
Tu dices….. Si quiere conocer el estado de la causa o impulsarla tiene que personarse en la misma como parte o querellante, de lo contrario, como mero denunciante, es un simple testigo y no tiene derecho a nada.
Pero….. YO SOY PARTE DE LA CAUSA… Yo soy el denunciante y la victima del suceso.
Y lo peor de todo es que sigo sin saber nada de nada sobre el tema y no se donde acudir. O donde tengo derecho a acudir.
Muchisimas gracias por responder. He aprendido algo que no sabia.
Aunque no acabo de “captar” la opción de la querella. O sea si te querellas si tienes derecho a la información, pero si denuncias (aunque seas el afectado) no tienes derecho a saber nada.
Me parece algo totalmente absurdo… me explicare… Si un señor es atracado por la calle. Lo mas normal es que vaya ha una comisaria a poner una denuncia, sin saber que a partir de ese momento no tiene derecho a saber nada de nada sobre el tema.
Pero lo que no va hacer nadie, es si le atracan por la calle, antes de ir a una comisaria, es irse a buscar un abogado y un procurador y poner una querella para asi tener derecho a seguir el caso. (Eso no me encaja. Aunque sea verdad)
No se. Cuando se denuncia se hace buscando justicia y la detención del culpable. Y lo que quieres saber es como esta el tema. (Logico)
Lo que desea el denunciante es que al atracador se le detenga y restituya lo robado. Y si ves que pasa el tiempo y nadie te dice nada de nada ¿Que puedes hacer? ¿Cuánto tiempo tienes que esperar para poder “reclamar” por inoperancia de la justicia?. ¿Y además a quien reclamas?.
“Oiga Sr. Policia a mi me atracaron hace diez años, me agredieron y me quitaron el dinero, y lo denuncie, y desde entonces no he sabido nada. Y cuando he pedido información me dicen que no tengo derecho a saber nada de nada” (¿Tu lo ves normal?).
Y el policía le conteste… “Gástese usted el dinero, búsquese un abogado y un procurador y ponga una querella, y asi tendrá derecho a la información” ¿Lo ves lógico? (Encima de atracado, robado)
Saludos.
A ojos de la ley un denunciante es un mero testigo. Es cierto que la ley reconoce ciertos derechos al denunciante que al mismo tiempo sea la víctima; entre esos derechos está el de personarse en la causa como parte actora (acusación particular) o el de presentar querella con abogado y procurador, es entonces y solo entonces cuando el mero denunciante pasa a ser parte en el procedimiento penal y tiene derecho a conocer su estado, y si se querella incluso puede impulsarlo.
Si quiere conocer el estado de la causa o impulsarla tiene que personarse en la misma como parte o querellante, de lo contrario, como mero denunciante, es un simple testigo y no tiene derecho a nada.
Por otra parte la policía nunca informa directamente de nada a los querellantes o partes personadas en el proceso. La policía informa única y exclusivamente a la autoridad judicial y fiscal, y será la autoridad judicial quien traslade la información a las partes en el momento procesal oportuno y siempre y cuando no se trate de diligencias declaradas secretas. Si la policía informa de algo a un denunciante, abogado, procurador, acusador particular o querellante, se arriesga a incurrir en un delito de revelación de secretos.
Así están las cosas. Como mucho pregunte en el juzgado, porque salvo casos muy contados y especiales y con el conocimiento judicial, la policía nunca cuenta nada a nadie, porque ni debe ni puede hacerlo.
Caray¡¡ Me lo pintas dificil¡¡¡
O sea que la policia no tine la obligacion de informar al denunciante de nada... (Bueno)
Y si el denunciante tiene la sensacion que no se esta haciendo nada de nada ¿Como averigua si el tema se "mueve" o no?
No me gusta. Porque deja al denunciante en un estado de inseguridad total.
Por otra parte la policía no tiene obligación de informar al denunciante de si está investigando o no, y mucho menos de informar del estado de las investigaciones a cualquiera que no sea el juzgado o la fiscalía.
La policía es competente para decidir si investiga o no un delito, independientemente de lo que ordene el juzgado. Es más, la policía tiene la obligación de investigar de oficio, si existen indicios de delito, aunque un juzgado no lo ordene.