Las faltasa prescriben a los seis meses. Pero el Auto que resuelve tramitar por juicio de faltas interrumpe la prescripción (se vuelve a contar el plazo desde el principio). Por tanto, lo más seguro es que no puedas alegar prescripción y te tengas que defender de otra manera. Saludos.
Tengo una cedula de citación por un juicio de faltas por “coaccion” el proximo dia 28 de marzo de 2008. La denuncia se puso en la guardia civil por la otra parte el dia 30 de septiembre de 2007!
Usted no tiene que demostrar su inocencia sino que el acusador particular debe demostrar su culpabilidad. Simplemente debería preparar información sobre lo que usted estaba haciendo el día que ocurrieron los hechos y pruebas sobre ello unicamente para asegurar aunque de eso ya se encargará su abogado.
Con respecto a lo que se le imputa las amenazas requieren que sean graves y poner una condición para ello que pueda producir un gave menoscavo psiquico en la victima y no parecen de ese tipo, tampoco se pueden entender como coacciones al establecer como condición una conducta debida y tampoco realización arbitraria del propio derecho ya que no hizo uso de violencia e intimidación. En resumen que si no hizo nada no debe preocuparse. Es más si al acusador le dañarón la puerta y le ha acusado a usted al 'tun tun', si me permite la expresión, una vez finalizado el proceso usted incluso podría proceder contra él por calumnias o incluso por acusación y denuncia falsa, aunque este segundo supuesto seguro que ha maica le ha dado la risa.
Consulte con alguién que tenga algo de idea, yo solo pasaba por aquí. Un saludo.
En principio, no veo que sea una cosa por la que usted tendría que preocuparse en exceso.
En primer lugar, por amenazas (falta) sólo podría ser la expresión de "si no me pagas, te costará caro". Pero también habría que ver la fecha de los hechos y de la denuncia. Lo digo porque las faltas prescriben a los seis meses y usted, según su versión, profirió esas frases antes de tener el juicio por lo social, por lo que pudiera ser que haya prescrito.
En segundo lugar, en cambio al problema con la cerradura, dudo mucho que lo pueda demostrar. Si usted lo hubiera hecho y así apareciera en alguna filmación o algún testigo lo hubiera visto, pues eso sería otro cantar. Pero si usted no ha hecho tal cosa y no volvió más por la empresa, esta persona realmente no puede formular así por las bravas una acusación contra usted, sin tener prueba alguna.
Hola, he recibido una carta de los juzgados donde me denuncian por faltas, amenazas y daños.
Mi mujer tuvo problemas con su jefe a la hora de cobrar un finiquito y lo llevamos a juicio para que nos pagara, antes del juicio le dije que pagara lo que nos pertenecía o le costaría caro. Era mi propia estrategia de presión para que cediera, ganamos el juicio y pago! y ahora meses después alguien le a dañado las cerraduras de su comercio y me denuncia a mi y a mi mujer como testigo ¿?
Es grave? que debo hacer? podrían sancionarme? que digo el día del juicio? no tengo ni idea! gracias de antemano