Buenos días ¡
Resumiendo hubo un concierto cancelado por el covid y la promotora no devolvió el dinero de las entradas.
Presente una demanda de juicio verbal en el decanato y se admitió a trámite. Ahora me ha llegado una "diligencia de ordenación" que indica que la parte demandada no ha comparecido y se declara en reeldia por lo que me mandan por el artículo 497 esta notificación. Realizada esta notificación no se realizará ninguna otra excepto la de la resolución que ponga fin al proceso.
No habiéndose solicitado por el demandando la celebración de juicio, dese traslado a la parte demandante para que en el plazo de 3 días alegue lo que tenga por conveniente sobre la pertinencia de celebrar en el mismo.
Por otro lado dice que el modo de impugnación es que en 5 días puedo interponer recurso de resposición debiendo expresar en el mismo la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente.
La verdad que no tengo ni idea si debo hacer algo o esperar. Ese es el resumen, podéis echarme una mano?
Muchas gracias
Buenas tardes:
Lo importante para usted: tiene esos 3 días para enviar un escrito diciendo sí quiere celebración de vista o no.
Vista para alegaciones nuevas o para aportar nuevos documentos (aunque todo esto supongo que ya lo aportó en la demanda). Si hay algún documento nuevo o quiere algún testigo que vaya y corrobore lo que dice...pues deberá solicitar vista.
No vista porque no hay nada más que decir o aportar. En este caso envíe un escrito diciendo que ya presentó la documentación y las alegaciones oportunas en la demanda y no considera necesaria la celebración de vista y que se dicte sentencia de acuerdo a lo solicitado en la demanda por su persona...