lo normal en estos casos es que la policía imponga la obligación de acreditar que se dispone de seguro, ITV... en un breve plazo, y se suele especificar en el propio boletín de denuncia por la infracciones "formales" que se le han puesto.
si no ha sido así, pague cuanto antes, pase la ITV cuanto antes, y a esperar a que la Administración no se le ocurra requerirle que justifique disponer de seguro y tener pasada la ITV en el momento en que le pararon.
¿Después de haber pagado las sanciones la Jefatura Provincial de Trafico me puede requerir que aporte la documentació e imponerme la sanción de 601 euros por carecer de seguro?
La poliza indica el día y la hora de suscripción del seguro, pero el recibo sólo el día o,
¿Si abono las sanciones por no llevar la documentación, finaliza el procedimiento y tráfico no puede dictar resolución imponiendo la sanción de 601 euros?
Un saludo Loquillo
Circulando por una autopista un Agente detiene un vehículo, solicita toda la documentación reglamentaria y el conductor carece de la documentación(Permiso de Circulación, recibo de seguro en vigor y Tarjeta Inspección técnica), por lo que impone tres denucias. No obstante, el propietario carece del seguro y haber pasado la ITV, inmediatamente el mismo día pero en diferente hora de la denuncia contrata dicho seguro.
Si se abonan las sanciones de las denuncias, en los 30 días siguientes a la misma, según la normativa de trafico:"El abono de las sanciones finaliza el procedimiento, sin derecho a formular alegaciones, salvo interponer los recursos que procedan".¿Se elude la multa pecunaria de 601 a 3500 euros?
Un saludo compañeros