hola,gracias de antemamo,estoy en guerra con la empresa donde trabajo por dististos motivos,en este momeno me encuentro de baja por enfermedad,la empresa ingresa en cuenta a los empleados la nomina el ultimo dia de cada me,por "politica de la empresa"a mi por estar de baja me hacen ir a la oficina a por un talon.es una forma de presionarme cada mes para k me incorpore,los ultimos dos meses me han hecho ir el dia 5 para poder fastidiarme un poco mas,es denunciable el hecho de k al resto de empleados les pague por tranferencia y el dia 30/31 y a mi por talon y el dia 5?gracias
Hola mi duda es la siguiente: Yo y otros compañeros de trabajo realizamos el mismo trabajo,la diferencia está en que unos cobran más que otros.A unos les paga un plus por encima del convenio llamado "mejora voluntaria-plus calidad",los trabajadores tienen la misma categoría laboral y no tienen ningún documenmto que les acrediten que deben cobrar ese plus.Me gustaría saber si tengo derecho a pedir judicialmente dicho plus.Muchas gracias.
mara35: Es preciso saber lo que dice tu conv. colectivo al respecto, suelen fijar unas fechas para el cobro del salario que oscilan, en su mayoría en un plazo de 5 días, es decir, pueden variar los plazos del abono entre trabajadores, pero lo que no es lógico es lo que te ocurre a tí, ellos pueden alegar que al estar de IT tu nómina sea distinta y de ahí el retraso, pero si como dices os la domicilian no tendrías porque tener que acudir a la empresa para cobrar, tu enviales un escrito con acuse de recibo por la empresa de que deseas que se te siga abonando la nómina de la forma de costumbre, es decir domiciliada, con ese escrito si es que no te hacen caso acude a inspección y todo cambiara.
galeote1973:Las empresas no suelen regalar dinero, ese plus de calidad, alguien lo tiene que evaluar, pero por otra parte dices si ¿tienes dcho a reclamar judicialmente?. Siempre se tiene dcho a reclamar, otra cosa es que te hagan caso, y en tu caso opino que no, mi argumento se basa en la discriminación positiva, es decir, a ti tu empresa te paga lo que te corresponde y a otro compañero con tu misma categoría, antigüedad, etc... le paga más que a ti (lo dicho por alguna causa, las empresas no regalan dinero).
A ti no te quita nada, pues entonces no debe preocuparte lo que cobra el otro, eso es envidia.
Dices que no tienen ningún documento que les acredite esa diferencia salarial, y ¿si por un casual es de una subrogación y vienen con un tipo de mejora que tu empresa no paga pero en la que estaban anteriormente si percibían?. No lo se, estoy elucubrando, pero el caso es que tu puedes reclamar lo que quieres pero yo creo que no tienes dcho
Hola a todos.He sido denunciado por instalar una pequeña valla cinegetica hace un mes, en una finca al pié de carretera, sin guardar la distancia mínima de ocho metros y me pueden caer de 601 a 6000€.
En la misma carretera hay fincas rusticas totalmente valladas, mucho más altas, con puertas de hierro, etc...que tampoco guardan la distancia mínima, instaladas más de un año , sin que les hallan comunicado procedimiento alguno.
Mi pregunta es: ¿puedo denunciar al funcionario de carreteras que me denunció por agravio comparativo, u otro hecho? Ya que sospecho que hay algo de caciquismo por parte de uno de los propietarios de las fincas valladas. Gracias de antemano.
Les comento nuestra situación, somos trabajadores de una empresa que presta servicios al ayuntamiento, una serie de trabajadores fueron subrogados de la anterior empresa manteniéndoles un plus personal en la nómina y una serie de ayudas sociales pero estas ventajas solo las disfrutan estos compañeros, ya que el resto de trabajadores fuimos contratados por esta empresa a posteriori , todos desempeñamos la misma función , así como categoría laboral y horario, es posible demandar a la empresa por agravio comparativo?
Los trabajadores subrogados vienen con unos dchos generados con su anterior empresa, es por ello que la empresa que asume el servicio aunque no quiera no puede dejar de mantener esos dchos, por contra ustedes ya fueron contratados por edta empresa y si os paga por convenio no tenéis nada que reclamar, no existe agravio comparativo