Muy buenas, pido disculpas si esta pregunta no va en esta sección pero después de dar unas vueltas pienso que es el lugar adecuado.
Expongo el caso:
Mi actual pareja, mi novio, vivía con una mujer durante 8 años, pero en diciembre del año pasado decidió dejarla y se fue a vivir a casa de su padre. No estaban casados, no eran pareja de hecho con papeles, pero si tuvieron un hijo, no deseado por parte de mi novio en agosto de 2011, ella haciendo caso omiso a las peticiones de éste dijo que ella sí quería tenerlo y asó fue.
El está en el paro hace más de 4 años, no tiene retribución de ningún tipo y vive a costa de su padre de 85 años y de su pensión. Digamos que vive rozando el umbral de la pobreza, ya que su padre vive de alquiler y no cobra mas de 500 euros al mes.
La madre de su hijo, se quedó en la casa donde ellos vivían, está cobrando ayudas, está cobrando el paro, y a parte está trabajando en una fábrica de bolsos de forma clandestina, para cobrar el paro y el salario.
Esta persona, por llamarla de alguna manera, a mi personalmente me ha venido a buscar a mi casa, a la puerta de mi casa, ha llamado a molestar a mi familia, me ha enviado sms, me ha llamado y cuando hemos estado los dos juntos en público, nos ha perseguido, nos ha montado espectáculos en plena calle, y esa clase de cosas.
Ahora, al cabo de un año de que el hablara con ella y con su familia y les dijera que se iba, todo correcto, todo diplomático, ha interpuesto una demanda, o denuncia, no se como se dice, por abandono de hogar, y le pide una manutención alegando que está en el paro, y que tiene que pagar un alquiler.
Mi pregunta es, ¿si no eran pareja, con papeles por medio? puede denunciarle por abandono de hogar?, si el hablo con ella, y con la familia de ella para decirle que quería romper la relación, abandono de hogar?
Mi pareja no está trabajando, no tiene ni para comer, esta persona que tiene ayudas y paro, y a parte está estafando al estado trabajando al mismo tiempo le pide 300 euros al mes??? no se puede hacer nada??????
siento mucho decirte que aunque tu pareja tenga esa situacion tan critica, el niño que tienen ambos no tiene la culpa de haber nacido, y por eso necesita unos medios para vivir, proporcionados por el padre y la madre. si tu pareja no tiene ningun tipo de ingreso, seguramente no tendra que pasar nada pues puede declararse inslvente, hasta el momento que te nga algo, sueldo, coche, casa...que en ese caso si que tendra que pasar una pension, si es que ella lo denuncia, claro esta. respecto a lo de abandono de hogar, no creo que eso se considere abandono de hogar, si no mas bien una separacion del otro conyuge, pero claro esta, hay algun tipo de sentencia respecto a ese niño? visitas?pension? si no si que ella puede denunciar para que se establezca todo esto.
aunque que conste que yo te hablo un poco desde el desconocimiento. lo que si te digo, es que el menos culpable es el niño, y salvo que el quiera renunciar a el, y la madre esté dispuesta a ello, cro que tendrá que hacer frente a todo ello.
volvemos a otro caso donde el menor tiene que comerse los marrones de unos padres inconscientes.
El delito de abandono de hogar no existe en España, lo más parecido es el delito de abandono de familia y, dadas las circunstancias descritas, ni este seria imputable.
Es probable que la madre haya interpuesto una demanda, no una denuncia, comúnmente llamada de alimentos o de relaciones paterno filiales, para que se establezcan los derechos y obligaciones de cada progenitor, custodia, patria potestad, prestaciones por alimentos, régimen de estancia y comunicación, etc. En la actual situación de su pareja está claro que, con ingresos cero, cero van a ser las prestaciones por alimentos. Pero hay algo que va a tener que hacer su pareja, solicitar el salario mínimo de inserción social, PIRMI o similares, por su situación parece que le correspondería, como quien deja las cosas claras, para que no haya malentendidos judiciales. En estos temas de responsabilidades familiares hay que demostrar actitudes, voluntad de.
Por otra parte, en cuanto le llegue la demanda, habrá de contestarla, para ello necesita de los servicios de abogado y procurador, que, dada la situación económica de su pareja, habrán de ser de los de oficio con cargo a justicia gratuita. En cuanto reciba la demanda habrá de, su pareja, apersonarse en el ICA (Ilustre Colegio de Abogados) de su provincia, o en el SOJ (Servicio de Orientación Jurídica) sito en los juzgados de su localidad, o próxima más relevante, a efectos de solicitar dichos servicios de abogado y procurador, y así poder contestar a la demanda.