hola, soy una abogada con poca experiencia en el terreno penal. Me tengo que personar en un asunto familiar por unas lesiones en un accidente provocado por conducción alcohólica. Mi sorpresa es al acudir al juzgado me comentaronj que no existía atestado alguno, y que las diligencias las habían sobreseído provisionalmente. Mi sospecha es que el denunciado tiene amistades en la guardia civil y que el atestado "ha desaparecido", ya me entendeís. Que puedo hacer al respecto, me imagino que sin atestado no puedo interponer denuncia por lesiones imprudentes?. Espero que me deis una orientación. Gracias
Persónate en el Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de tu provincia y presenta una solicitud (por escrito, lleva 3 ó 4 copias más por si comienzan a marearte) para que te sea facilitada (en el mismo momento, si es posible, lo es porque allí poseen todos los atestados realizados en la provincia, aunque siempre pueden poner cualquier excusa frente a la que no puedes hacer nada) una copia del atestado realizado. Es aconsejable que vayas acompañado, o por lo menos que lleves una autorización firmada por el interesado, con copia de su DNI, para evitar problemas de legitimación. Si tienes algún poder o apud acta llévalo.
Si en el subsector el agente que te atiende no se muestra muy "colaborador", etc. pide hablar con el suboficial u oficial de servicio, incluso con el propio Capitán Jefe y le planteas el problema.
Resulta muy extraño que un accidente de tráfico donde se producen lesiones personales (supongo que tendrás el parte de asistencia médico) y donde existió una alcoholemia positiva el atestado no "aparezca".
Pero también me extraña que algún agente o mando se arriesgue jugándose el tipo con una cosa así, aunque hay tipos para todos los gustos.
En todo caso, sin el atestado poco podrás hacer.
Lo que debes hacer, también, es enterarte del lugar concreto donde ocurrió el incidente, no fuera ese competencia de alguna policía local. Una vez sepas de qué cuerpo es competencia el lugar procura acudir a la sede de tráfico para enterarte de qué equipo de atestados tramitó ese atestado.
En principio resulta algo extraño todo eso.
Suerte
Porque tiene que haber necesariamente un Atestado?. Puede darse el caso, que el accidente de tráfico sea con lesiones leves, y que en este caso hace falta denuncia de perjudicado y si en este caso se realizaría Atestado y se remitiría a la Autoridad Judicial, de lo dontrario si son lesiones leves y no media denuncia del perjudicado se realizan diligecnias previas o parte de accidente que se archiva en dependencias Policiales, por si en un futuro lo reclama el Juzgado o bien alguna compañía de seguros o particular de ver como se produjo el accidente, pero insisto, no hay obligación de realizar Atestado con lesiones leves.
En relacion a la conducccion etílica, puede darse el caso, de que ocurrió accidente, hubo lesiones, pero no hubo indicios de delito de conduccion etilica sino que dió positivo en la prueba de alcoholemia . arojando un resultado positivo pero no presentaba sintomas evidentes de encontrarse bajo la INFLUENCIA de bebidas alcoholicas, y por este motivo se denunciaría administrativamente por superar una tasa de alcoholemia al condcutor que supero el límite de la alcholemia y si se suma que las lesiones fueron leves y no hubo denuncia del perjudciado, pues simplemente se haría una Parte de Accidente o lo que tambien es llamado Diligencias a Preención, y como ya dije antes se quedan archivadas en Dependencias Policiales.
Bueno, la verdad es que no sé cuándo has recogido el auto de sobreseimiento, pero tienes tres días para recurrirlo, desde que se te notificó. El recurso a interponer sería el de reforma y subsidiario de apelación.
Si hubo lesiones tiene que haber un parte médico o una hoja de atención en urgencias. Puedes aportar esta primera prueba con el recurso de reforma, justificando así la reaperura de las diligencias.
Si se te ha pasado el plazo para recurrir la resolución, tampoco tiene mucha importancia, pues las diligencias sobreseidas provisionalmente (que es por no estar los hechos suficientemente acreditados) pueden reabrirse en cualquier momento, cuando uno aporte un principio de actividad probatoria suficiente.
Desde el mismo juzgado puedes solicitar se requiera al organismo competente, en virtud de mandamiento judicial, la aportación del atestado y cualquier otra documentación relativa al accidente que mentas.
Justifícale al juez la necesidad de su aportación a tus diligencias. No creo que tengas ningún problema.
denuncia administrativa no se, no lo tengo muy claro, puesto que no ha sido una prueba de alcoholemia sin haber ningún accidente. en este caso habia accidente y lo que se mira en estos casos es la sintomatologia, si va muy afectado, y por ello a ocasionado el accidente, de todas formas esta tarde lo pregunto en el trabajo y os cuento algo.
Un saludo a todos!!
Hola como te comenté he preguntado tu duda, y en primer lugar decirte que en estos cuando hay accidente con lesiones, si asiste en Hospital, Centro medico etc... , los facultativos, como bien sabes, estan obligados a mandar el parte judicial al juzgado, bueno pues en el juzgado como no conocen al autor de los hechos, siempre o normalmente dictan sobreseimiento provisional por ese motivo, no pq no exista Atestado,vale?
Bueno una vez sabido esto, SI puedes interponer denuncia, bien con el nº de diligencias previas, del juzgado que dictó el sobreseimiento provisional o por el Art. 621 de C.P. Lesiones por Imprudencia.
Tendrás que aportar todos los datos que conozcas, posteriormente se habriran unas Diligencias Previas, El Juez de Instrucción dictará juicio de Faltas o lo remiten como precedimiento abreviado.o lo archivan y lo remiten a la via civil.
Bueno no se si te he orientado un poco, lo he intentado, haber si alguien te puede ayudar mas, Un saludo!!