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denuncia penal por amenazas

10 Comentarios
 
Denuncia penal por amenazas
19/03/2014 03:15
a mi marido le hicieron una denuncia penal por amenazas y hoy me estaban grabando para obtener pruebas, quería saber si la grabación sirve como prueba y a que tanto puede llegar una denuncia por amenazas
Buenas tardes,

Una gravación puede llegar a servir como prueba si el que ha gravado participa activamente en la conversación y está vinculado al proceso.

Cuando se presenta una denuncia por amenazas primero tiene lugar la fase de instrucción para averiguar si los hechos son constitutivos de delito si lo son luego viene el juicio.

Para cualquier duda que te pueda surgir estamos a tu entera disposición.

Atentamente,

ATA abogados
21/03/2014 16:09
es delito decirle a una persona te voy a romper la cabeza o algo así?, en este caso de un hombre a una mujer.
25/03/2014 11:02
Buenos días,

Podría constituir un delitos de amenazas contra la integridad física, sí. Y si la mujer a la que van dirigidas las supuestas amenazas es o ha sido pareja sentimental de la persona que las emite, estaríamos ante un delito de violencia de género.

Para cualquier otra consulta georgina.marti@icab.cat
25/03/2014 18:32
la mujer no es su pareja ni nada de la persona denunciada. Puede ir preso por el delito de amenaza a la integridad física?
25/03/2014 18:56


Artículo 169 del Código Penal.

El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado:

1.º Con la pena de prisión de uno a cinco años, si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condición, aunque no sea ilícita, y el culpable hubiere conseguido su propósito. De no conseguirlo, se impondrá la pena de prisión de seis meses a tres años.

Las penas señaladas en el párrafo anterior se impondrán en su mitad superior si las amenazas se hicieren por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, o en nombre de entidades o grupos reales o supuestos.
2.º Con la pena de prisión de seis meses a dos años, cuando la amenaza no haya sido condicional.

28/03/2014 14:31
fue amenaza de palabra nada mas va preso el denunciado?
28/03/2014 14:36
la amenaza no fue gravada pero hay testigos que pueden declarar en contra del denunciado
28/03/2014 15:48
La amenaza, para que sea delito, no sólo tiene que ser grave, sino que ha de ser creíble. Si sólo le dijo que le iba a romper la cabeza no creo que llegue la sangre al río, vamos, que supongo que como mucho quedará en una falta.
28/03/2014 17:07
Ser creíble y demostrable, y no deja de ser falta, y con testigos del denunciado....

Saludos
28/03/2014 18:25
si los testigos estan en contra del denunciado y tienen una gravacion, no de la amenaza ,sino de la esposa del denunciado diciendo q su marido le dijo a la persona amenazada "q le iba a romper la cabeza" en ese caso puede ir preso el denunciado?