Hola, me gustaria hacer una pregunta, trabajo en un sitio de limpieza y los dias libres de la semana, pues me los dicen el dia antes normalmente, pero algunas veces me avisan como a las 8 de la mañana del mismo dia, y entro a trabajar a las 9. no puedo hacer planes ni nada. mi pregunta es si es denunciable que me avisen solo 1 hora antes de la jornada laboral ?
Increíble lo que cuentas, diles que en cualquier sitio por menos de 20 euros https://reposapies.info/ compran un reposapiés! Que espectáculo, y los inmigrantes cogiendo pagas.
aproximadamente el dia 19 de febrero del 2009 la empresa presento la suspension de pagos.que por lo cual nos afecto a todos los empleados,por mi parte yo era empleado en la sucursal logistica de esparraguera en barcelona.dandome cuenta de que el jefe y los vendedores de esta sucursal,iniciaron la obertura de otra empresa llamada bon be sl.de esta forma hasta la fecha de cierre de la empresa sat42 los gonzalez, se aprovecharon de los empleados de esta sucursal de esparraguera en barcelona para que realizasen los mismos trabajos que actualmente hacian.con esto quiero decir que hasta el 18 agosto del 2009 estuvimos realizando trabajos para la empresa bon be sl.ilegalmente, ya que nosotros como empleados todabia activos de sat42 los gonzalez no teniamos que realizar ningun trabajo para esta empresa bon be sl.Se aprovechan de los empleados de una empresa que ya estaba como aquel que dice cerrada por suspension de pago.hasta la fecha de hoy la empresa bon be sl. funciona en sus actividades laborales igual que cuando estaban trabajando para sat42 los gonzalez."perdon por mis faltas de ortografia."
Solo quisiera saber si esto que hicieron era legal y si puedo nenunciar.Gracias
Querida Marian , normalmente si denuncio es con pruebas y las facilito al señor inspector para ponerle mas facil la labor y asi vaya directo al grano para que pueda ejecutar sobre el infractor todas las sanciones posibles, y me da absolutamente igual que diga quien soy. Un saludo y suerte.
Para Emilio
Pues fíjate que es curioso Emilio pero estoy de acuerdo contigo en que TODOS NOS NECESITAMOS asiq digo yo, que tu deberías estar de acuerdo conmigo Emilio..
Imagina que tu trabajas en mi empresa, y alguien externo denuncia sin motivo alguno, (es decir está intentado hacer mal a la empresa por todo el morro) y esta persona que denuncia además va comentando por ahi que MENUDA EMPRESA ILEGAL! (perfectamente podría ir dando este tipo de caña por otros lados, porque una persona que se permite el lujo de denunciar por denunciar, es una persona que se lo permite todo) Imagina además que no es una gran ciudad y que la información se filtra, yo me quedo sin clientes y tengo que reducir plantilla, y resulta que tu con 2 hijos y en el paro, pq un ..... se le ha puesto en las narices hacernos mal...¿Que hacemos querido Emilio? ¿dejamos que se vaya de rositas?
Para Manolín
A ver Manolín, tu denuncia a quien quieras, estas en tu derecho, pero con pruebas, ten en cuenta que el Inspector tiene derecho a guardar silencio y discreccion siempre y cuando se cometa ILEGALIDAD pero si no hay ILEGALIDAD no tiene pq haber silencio...leete el artículo 12 de LEY 42/1997, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.(BOE de 15 de Noviembre de 1997)
Yo soy uno que denuncia y denunciare una y mil veces a todo aquel que no cumpla, es mas si todos hiciesemos lo mismo otro gallo cantaria, y quien no este de acuerdo tururu,tururu, y soy educado.
jajajajaja osea que sin empresas ni empresarios no existirían trabajadores, jeje; y los clientes de esas empresas sin trabajadores, ¿quienes son?, ¿otros empresarios?. Amigita Marian aquí todos nos necesitamos trabajadores y empresarios.
Pelusa:
No deberías despreciar la olla que te da de comer...Hay q ser necio, sin empresas, ni empresarios no existirían trabajadores...pero no porque no haya trabajadores no dejarían de existir las empresas...esto no lo olvides... La mía por lo menos existiría igualmente, lógicamente ganaria mucho menos, pero existiría... y como me gusta ganar dinero, yo por el contrario no me permito el lujo de despreciar a un trabajador, pero si que se me respete, es lógico no?
De todas formas ya sabemos algo, que la denuncia no es de un trabajador, vamos adelantando camino...
Muchas gracias a todos los que me habeis ayudado en este foro, sin sacar conclusiones personales y en especial a Ninfa y a Nando_bcn
para Kiki
Es justicia no beligerancia. Además para eso esta la ley no? si tengo una minima oportunidad de poner a esta persona en su sitio la voy a usar..
Nerviosismo? jajajaj.. pues no kiki no
Para vercingetorix:
gracias por contestarme tan bien y tan claramente en el otro foro.
Estoy de acuerdo con lo más arriba expuesto y llama notoriamente la atención el nerviosismo de Marian, que no sabemos si tiene un alto sentido de la justicia, o teme que se tire de la manta....
De verdad, Marian, si como dices eres empresaria, con esa actitud tan beligerante y rígida hacia los problemas cotidianos de una empresa, no vas a durar mucho en el mercado....
Muchas gracias Ninfa:
TEngo mañana cita con mi abogado sobre este asunto, y aseguro que si hay una via judicial para poder conocer la identidad de esa persona lo haré... cueste lo que cueste.. solo faltaba!!! nadie puede denunciar infundadamente de algo a otra persona...y salirse de rositas...o por lo menos no debería...
Yo no se si es fácil o dificil hacerse con un carnet ajeno. Lo que si se, es que quien hace eso esta suplantando a otra persona, falsificando su firma, vamos incurriendo en algún tipo de ilegalidad que no me atrevo a calificar.
Como muy bien te dice Flanaghan, es muy dificil por no decir imposible, que el inspector de diga quien es el denunciante ya que eso lo tiene prohibido y no te olvides que es de lo que vive y se está jugando el garbanzo. Que algunas veces por amistad de no se quien con no se cuanto en la inspeccion se puede averiguar, pasa. Pero las menos de las veces.
Se me ocurre que el inspector debería faciliart los datos del denunciante si un juez así se lo reuqiriera u ordenara.
He leído unas 10 intervenciones tuyas en este sentido...y varios foreros te han comentado que las denuncias son anónimas, sin perjuicio de responsabilidades en que incurra el que denuncia de mala fe...
No te ofendas, pero es que el tema no da más de sí.
Y puedes estar de acuerdo o no con lo que te digan los foreros, pero expresiones como "aquí hay mucho listo" sobran, y no lo digo porque me sienta aludido, sino porque este foro tiene unas reglas de convivencia...al margen de las discrepancias que se puedan tener...HAY QUE SER TOLERANTE.
Gracias Ninfa por fin una exposición clara de la pregunta que yo hacía, sin sacar conclusiones personales... que aqui hay mucho listo que se atreve a sacar unas conclusiones que flipas..
Ninfa, es cierto eso que expone ELDESIEMPRE de que cualquiera puede pillar un carnet de otra persona y enviar la denuncia por carta al inspector de trabajo?
conoces alguna vía, dentro delmarco legal, por la cual el inspector de trabajo (via judicial) pudiera facilitarme
los datos del denunciante? Es decir, bajo q circunstacias podría el inspector y a quién proporcionar esos datos?
Vamos a ver si somos capaces de no marear la perdíz que la pobre ya no sabe si es una perdíz, una gaviota o un caza -bombardero.
las actuaciones de la inspeccion de trabajo estan reguladas por ley. En la Ley 42/1997 de 14 de noviembre (BOE 15/11/1997) está perfectamente explicado el supuesto que se plantea.
El artículo 13 de esta ley dice que la inspeccion de gtrabajo actúa de oficio por:
a) orden de un superior jerarquico que cursa la orden a traves del Jefe de la Inspección.
b) orden de servicio de la jefatura en aplicacion de planes, campañas etc.
c) A petición de organos jurisdiccionales (emisión de informes a juzgados)
d) A petición de cualuqira de los organos que componen la Seguridad Social.
e)Por inciativa del inspector o subinpsector (lo que es su trabajo cotidiano, visitar empresas de forma aletoria y por sorpresa en su zona de actuación)
f) Por denuncia de hechos que puedan constituir infraccion en el orden social.
¿que pasa cuando se da el supuesto f.?
Pues que la inspeccion no es tonta y para que actúe en una denuncia se tienen que dar en la misma los requisitos siguientes:
1.- Identificacion del denunciante que ademas de los consabidos nombre , apellidos, domicilio etc. debe acompañar a la denuncia copia del D,N.I.
2.- Hechos que entiende son constitutivos de infracción.
3.- datos acerca de cuando, donde han sucedido tales hechos.
4.- Cualquier otra circunstancia que considere relevante en la denuncia.
Pero los inspectores y subinspectores, no son bobalicones que ante cualquier denuncia gritan cuan Chiquito de La Calzada ¡Al Ataquee.! NO. Para wue esa denuncia prospere deben darse unas formalidades: Así, si es anónima, ya ni se le hace caso y si cumple las exigencias para al menos leerla, para actúar, deben ser hechos que proceda la intervencion de la inspección y ademas que tales hechos descritos en la denuncia tengan fundamento y apariencia de incumplimnento.
Si se dan todos estos requisitos, se pone en marcha la maquinaria inspectora.
Pero no echemos al olvido que el artículo 12 de la meritada Ley 42/1997 obliga a los funcionarios de la Insopección, inspectores y subinspectores incluidos, al deber de sigilo y en ese deber de sigilo, está entre otros, el que el denunciado no conozca el motivo de la inspección y por supuesto si es por denuncia, quien es el denunciante.
Pues eso, que se la ve nerviosa a la consultante. Es raro, ya que lo tiene todo tan legal. Se ve que nadie hace una hora extra no pagada en su empresa.
Tenemos a un empresario que lo que le preocupa, según dice, es su honor mancillado por haber sido acusado falsamente. No le preocupa el dinero de la sanción, porque lo tiene todo en regla.
Que empresario tan bueno.
Y por cierto. La denuncia a la inspección la puede poner CUALQUIERA. No tiene porque ser un implicado. Es decir, que si un empleado es listo fotocopia el primer DNI que se encuentre por ahí (como el de un cliente por ejemplo) y manda la denuncia a su nombre y por correo. O pone la denuncia la vecina del 5º y él pone la denuncia de la vecina. O...