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¿Denuncia individual o colectiva a constructora?

1 Comentarios
 
20/03/2011 12:19
Puede hacerlo con carácter privativo.

Tenga usted en cuanto que el plazo de garantía legal lo es de diez años, únicamente para determinados defectos y que una vez aparecidos durante el plazo legal de garantía (que en la LOE, dependiendo del daño material puede ser de 1, 3 o 10 años), el plazo para el ejercicio de la acción judicial es únicamente de 2 años.

¿denuncia individual o colectiva a constructora?
20/03/2011 09:05
Si la comunidad tiene unas defectos de construcción, y está dentro de los 10 años primeros, el responsable de subsanarlos sería la constructora, pero:
¿Tiene que denunciar la comunidad de vecinos en su conjunto o cada propietario de forma individual?

Lo pregunto porque no todos los vecinos quieren denunciar al constructor y meterse en juicios y posibles costas.

Es decir, ¿¿¿pueden vecinos individuales denunciar a la constructora daños comunitarios???

Gracias.