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Denuncia&Demanda&Querella.

16 Comentarios
 
06/06/2005 17:13
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
perfil JMP
06/06/2005 14:07
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06/06/2005 13:45
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perfil JMP
06/06/2005 10:44
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perfil J.
06/06/2005 08:34
Calma a todos.

Si denuncias sin más no hay querella, la autoridad competente debe investigar y en su caso llevar a cabo el proceso penal, tú no te has presentado como acusación.

Si te querellas con alguien es que a la vez que denuncias tú te presentas como acusación particular, es decir, en el proceso que haya, a parte del fiscal tú (a través de tu abogado) llevarás otra acusación, habrá dos acusadores.

Si tú desistes de la querella, o te la inadmiten por algún defecto, pero la autoridad competente ve que hay indicios de delito, se puede continuar el proceso por el fiscal.
05/06/2005 23:26
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perfil JMP
01/06/2005 10:24
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perfil J.
01/06/2005 08:36
Una querella es en la jurisdicción penal, en el resto de ámbitos se llaman demandas.
31/05/2005 22:43
No y tu? Simplemente saber las diferencias entre ellas...
perfil JMP
31/05/2005 17:13
¿Que es exactamente lo que quieres Pinar? ¿Eres estudiante?.
31/05/2005 16:45
A J: Que hay querellas en todos los ambitos? yo solo pensaba que la querella era en el ambito penal, pero existen en el ambito civil, laboral, etc..?
A toni48: Eso seria una demanda no ? Ahi no tendria nada que ver la querella no? Y os costaria mas el collar que el perro no?
Muchas gracias a los dos ...
31/05/2005 16:11
Te lo decia porque cuando estuve de secretario de mi comunidad de vecinos tuvimos que denunciar a un moroso y nos costo mas el perro que el collar, a posteriori nos enteramos que por la cantidad a reclamar no hacia falta ni abogado ni procurador, nada mas era por eso, saludos
31/05/2005 14:24
Yo no quiero hacer nada, simplemente saber diferencias entre ellas.. gracias..
31/05/2005 10:46
Dependerá de lo que quieras hacer, sin mas datos es dificil de precisar.
30/05/2005 21:53
Gracias J, pero necesito de todas las formas abogado y procurador?
perfil J.
30/05/2005 13:03
Se supone que estamos en el ámbito del Derecho Penal.
Básicamente una denuncia es la puesta en conocimiento de la autoridad competente de unos hechos de apariencia delictiva.
La querella es como una denuncia, pero el que la interpone se presenta como acusación particular.

La demanda está para otras jurisdicciones, civil, contencioso-administrativo. Es el escrito que se interpone para empezar el proceso.
Denuncia&demanda&querella.
29/05/2005 22:15
Que diferencias existen entre denuncia, demanda y querella..?Muchas gracias..