Y respecto a que no hay dolo, efectivamente, tendrá que intentar ganar el juicio con todas las pruebas que tenga, pero yo no le puedo garantizar que lo gane.
Un saludo
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Lamento ecirle que el cntrato no se ha rescindido y Ud. ha cometido un allanamiento de morada, se ha metido en un buen lío, tendría que haberse asesorado antes de hacer algo así, uno no se asesora y luego vienen las lamentaciones. Ha Ud. quién le ha dicho que el contrato está rescindido?.
Para que se rescinda, se lo ha de comunicar el inquilino. Ud. interponer una demanda de desahucio por impago.
EL contrato de arrendamiento se prorroga obligatoriamente por plazos anuales hasta alcanzar 5 años, salvo que sea el inquilino el que manifieste al propietario (con al menos 30 días de antelación a la fecha de extinción), que no tiene la intención de continuar en la vivienda alquilada.
Si su contrato es para una vivienda que es usada como vivienda habitual, la cláusula es nula por ser contraria a la ley. Prevalece la LAU si se pretende perjudicar al inquilino.
Saludos
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Muchas gracias por las respuestas a jan y morrosco. Ahora bien, en el caso de que prospere la denuncia, en mi toma de declaracion ante el juez, en el proceso de instruccion, queda patente que no hay dolo ni intencion de delinquir, ya que debo saber si ella o la casa estan bien, ademas de mutuo acuerdo me dio copia de llave, es decir mi intencion fue dejarle una nota en la entrada sin mas ya que no me respondia al telefono durante largo periodo de tiempo
gracias
Hola pitufo250. La cláusula que usted cita es legal y válida, pero NO se puede interpretar LITERALMENTE, pues los contratos de arrendamiento SÓLO se RESUELVEN por mutuo acuerdo de las partes o po resolución judicial firme.
Por lo tanto lamento comunicarle que es probable que la denuncia interpuesta contra usted prospere.
Buenas, quisiera que me asesoraran acerca de lo siguiente: la inquilina que tengo en el piso va para cuatro meses que no me paga. He estado llamandole durante dos semanas al telefono, pero no me responde. He estado llamando a la puerta de casa y tampoco me abre nadie.Ella de mutuo acuerdo de palabra, me dio copia de la llave de la cerradura de la puerta que ella cambio para que pudiera entrar en caso que sucedira algo en el interior y ella no estuviera o no supiera nada sobre su paradero.Ademas en el contrato existe una clausula que reza que en el caso de impago de la renta el contrato quedara resuelto;con lo cual si no hay contrato por impago no deberia vivir alli, y si no me responde tendre que saber si la casa esta bien o a sucedido alguna catastrofe, por lo que con la llave que ella me dio entre en la casa y le deje una nota en el suelo de la entrada para que me llamara en caso de que siguiera alli, seguidamente cerre y me fui. Pues bien, me ha denunciado por ese hecho. Mi pregunta es , ¿ si el contrato ha rescindido por impago? ( y asi lo especifica la clausula), es ella entonces la que esta de forma ilegal en mi casa, ¿verdad?