Buenas tardes, quisiera que me orientaran, hace un año tuve que cerrar mi empresa una sl, al cerrar no pude hacer frente a dos deudas de proveedores una de 3000€ y otra de 1800€, entre otras cosas porque me quede con una deuda de 60000€ que estoy pagando al banco todos los meses y no me llega casi ni para vivir. Ahora me ha llegado una notificación del juzgado que no he cogido, ha llegado una a nombre de la empresa y otra a nombre mío pero como eran certificadas no las he cogido. ¿Que pasa a partir de ahora?¿Que pasa si no cogo las notificaciones?Se que debo el dinero pero la sociedad no tiene ni propiedades ni dinero y yo no puedo pagar por la deuda que tengo con el banco.¿Que puedo hacer? Gracias de antemano
Supongo que aunque no haya recogido la comunicación el servicio de Correos le habrá dejado un aviso: le aconsejo que recoja la documentación de que se trate. Y si la tiene ya, pase por el Juzgado para ser informado. Quizás que equivoque, pero es posible que, si las dos comunicaciones han llegado al tiempo, se trate de alguna demanda dirigida contra la empresa y contra usted como administrador.
No recoger las comunicaciones no va a impedir que el procedimiento continúe y surta todos sus efectos. Por el contrario, si conoce el motivo de la reclamación pueda encontrar algún motivo de oposición a la misma.
Gracias por su pronta respuesta, ya no puedo recogerla porque la ha devuelto y ha llegado con una diferencia de un mes cada una, ¿como sigue el proceso si no me notifican? Me pueden embargar particularmente por una deuda de la empresa?