Hola, en primer lugar quería dar las gracias a todos los que hacéis posible este magnífico foro.
Mi caso es el siguiente:
Un familiar cercano pide un crédito al banco para la compra de un terreno, el banco como condición le pide un avalador solidario; Este familiar, con medias verdades y aprovechándose de la buena fe (y la avanzada edad) de mi abuelo, lo convence para firmar dicho aval solidario...
Ok, hasta aquí la cosa ya tiene miga, pero lo mejor esta por llegar... ahora resulta, que dicho familiar, que esta metido en el negocio de la construcción deja de pagar el crédito del terreno a causa de la crisis, etc... Como apunte debo decir, que este familiar a pesar de no tener dinero en el banco y vivir de alquiler, tiene varios terrenos de valor a su nombre...
Acto seguido, el banco, sin ningún tipo de orden judicial, ni acto legal, ni aviso previo, le quita a mi abuelo TODO absolutamente TODO el dinero del banco, de un día para otro y sin previo aviso...
Mi duda en concreto es la siguiente... se que la responsabilidad de un avalador solidario es la de responder cuando el primer deudor no paga, y también se que el banco puede ir directamente a por el avalador si considera que así cobrara el dinero más rapidamente, pero... (y esta es mi duda) ¿esta manera de actuar sin ningún tipo de orden judicial del banco y cogiendo todo el dinero de mi abuelo es legal?
El caso esta denunciado y en manos de la abogada de mi familiar y según ella me dice, esta convencida que el banco a actuado de forma improcedente y le tiene que devolver el dinero a mi abuelo, pero no se, la verdad es que no me fio de nada y ya no se que pensar.
Debo decir también que la voluntad de mi familiar deudor es que el banco vaya a por el mismo, ya que tiene terrenos con los que paliar la deuda, según el, no tiene intención alguna de hacerle pagar los platos a mi abuelo y es el banco el que ha actuado con precipitación.
Espero que alguien con conocimientos pueda ayudarme, se lo agradecería muchísimo porque estoy realmente preocupada.
efectivamente, si el asunto se ha desarrollado tal como indicas, el banco no ha procedido correctamente, primero debe notificar la deuda al titular de la misma e intetar cobrar al primero y posteriormente cuando este no la hace efectiva, notificar al avalista para que proceda en consecuencia.
Opino igual que Becon, no vendria mal denunciar el caso al Banco de España, es rapido y su dictamen de obligado cumplimiento para el Banco salvo recurso.
Hola Elisa79,
Abundando un poco más en lo ya contestado, que comparto, la reclamación en el Banco de España exige la previa reclamación ante el Defensor del Cliente de su entidad bancaria. Es completamente imparcial y recabará toda la información necesaria para estudiar el caso, resolviendo en un plazo máximo de 2 meses. Si no le satisface la resolución (de obligado cumplimiento para el banco), puede dirigirse al Banco de España o directamente a los tribunales.
Da lo mismo si tiene razón o no, porque aquí nadie se la va a dar ni a quitar. Ya ha iniciado el procedimiento correspondiente y ahora el que decide es el juez, que además dispone de todas las pruebas que Ud. ha aportado para decidir.
Está muy bien que tengan a una abogada tan optimista, pero no me parece adecuado decirle a un cliente que tiene razón cuando no está en sus manos el resultado.
Cuando he leído tu comentario, la primera reacción ha sido contestar; en una décima de segundo he pensado...bueno da igual, y al instante he pensado...se debe de haber equivocado de post. No veo en qué se parece tu contestación a lo que yo he comentado.
Estoooooooooo, he leído el mensaje de elisa79 y algo ya queda aclarado. Te refieres a su abogada.
En cuanto al resto, no es que sea optimista, ella conoce mejor que nosotros el asunto y si ese es su parecer...hay que respetarlo. Tampoco habrá sido así de tajante como lo cuenta elisa79.
A mí no me parece descabellado que le "recomiende" llevar a cabo la reclamación, sobretodo teniendo en cuenta que es el paso más leve, rápido, práctico y...barato de buscar su satisfacción.