Estimado paquito xocolatero, lamento disentir de una cosa; UN ADMINISTRADOR COLEGIADO no ofrece ninguna garantía en comparación con quien no lo está ( es más, me atrevo a decir que ofrece menos garantías para los propietarios).
He tenido una experiencia reciente donde he denunciado ante el Colegio de Administradores la mala praxis de uno de sus colegiados aportando al Colegio todas las pruebas de cada detalle denunciado.
Le respuesta de la Comisión Deontologica del Colegio ha sido ( sin exagerar) en exceso surrealista, defendiendo a su colegiado de tal manera que han basado esa defensa en un escrito con un contenido pueril, sin pruebas y lleno de fantasias hasta el punto de posicionarse con su colegiado al que he acusado de IGNORAR EN SU TOTALIDAD EL CONTENIDO DE LA VIGENTE LPH aportando como arriba cito, todas las pruebas de tales hechos.
Mi recomendación personal, que un administrador sea colegiado , supone una desventaja BASTANTE CONSIDERABLE para todo aquel propietario que disienta de la forma de llevar a cabo su trabajo.
PD: Este administrador del que hablo, además reúne la condición de abogado, mediocre pero abogado.
La falsificación de documentos (un delito) será imputable al que la haya realizado, si es el administrador, al administrador, si es el presidente, al presidente. Si quien ha falseado documentos o cuentas es el administrador, el presidente debe acudir como parte acusadora, como representante y parte de la "víctima" que es la comunidad de vecinos. No es el responsable si no ha participado en la falsificación de los documentos (no es obligación suya llamar a cada empresa de la que el administrador tenga un albarán para verificar su corrección, vamos).
Que el administrador esté colegiado o no es indiferente. Es muy recomendable contratar administradores colegiados porque ofrece un nivel de garantías mucho mayor, y una instancia a la que se puede recurrir, pero no es ningún requisito legal. Estamos en una economía de libre mercado, y los colegios profesionales quitando profesiones fuertemente reguladas legalmente como las sanitarias, abogados y arquitectos, que requieren de títulos específicos para poder ejercer siendo un delito hacerlo sin ellas (no puedes efectuar recetas, firmar informes técnicos, etc.), no son obligatorios para ejercer ningún tipo de actividad económica. Al fin y al cabo no es obligatorio tener un administrador, luego difícilmente se puede impedir que alguien lleve las cuentas porque así lo decidan los vecinos, que en caso de no contratarlo deberían hacer ellos.
La falsificación de documentos (un delito) será imputable al que la haya realizado, si es el administrador, al administrador, si es el presidente, al presidente. Si quien ha falseado documentos o cuentas es el administrador, el presidente debe acudir como parte acusadora, como representante y parte de la "víctima" que es la comunidad de vecinos. No es el responsable si no ha participado en la falsificación de los documentos (no es obligación suya llamar a cada empresa de la que el administrador tenga un albarán para verificar su corrección, vamos).
Que el administrador esté colegiado o no es indiferente. Es muy recomendable contratar administradores colegiados porque ofrece un nivel de garantías mucho mayor, y una instancia a la que se puede recurrir, pero no es ningún requisito legal. Estamos en una economía de libre mercado, y los colegios profesionales quitando profesiones fuertemente reguladas legalmente como las sanitarias, abogados y arquitectos, que requieren de títulos específicos para poder ejercer siendo un delito hacerlo sin ellas (no puedes efectuar recetas, firmar informes técnicos, etc.), no son obligatorios para ejercer ningún tipo de actividad económica. Al fin y al cabo no es obligatorio tener un administrador, luego difícilmente se puede impedir que alguien lleve las cuentas porque así lo decidan los vecinos, que en caso de no contratarlo deberían hacer ellos.
A día de hoy, NO es obligatorio estar colegiado para ejercer de administrador de fincas.
El presidente es simplemente el representante de la Comunidad, por lo que no es responsable de lo que decide la Junta, solo es un miembro más a la hora de votar.
el presidente no tiene ninguna responsabilidad, es la comunidad la responsable, que fue quien autorizó su contratacióny es ésta quien tiene que controlar
Gracias por vuestra ayuda. En mi comunidad de 36 vecinos teníamos contratados los servicios de una persona jubilada que hacia las funciones de administrador y que obviamnet cobraba por ello y aun sigue jerciendo en otras dos comunidades, no estando colegiado. El caso es que un vecino en junta de propietarios, ha propuesto denunciarlo por llevar 5 años falsificando algunos albaranes que no facturas, y una administración irregular. Mi pregunta es, teniendo en cuenta que los presidentes de comunidad han permanecido ajenos a tal situación ( digamos que cnfiaban en su administración), se le puede rendir cuentas al administrador? si se denuncia judicialmente, ¿que responsabilidad tiene el Presidente de cmunidad? Gracias.