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denuncia a la madre

33 Comentarios
Viendo 21 - 33 de 33 comentarios
15/06/2011 23:34
bueno el caso esta en ke yo tendre un juicio de faltas en septiembre por la denuncia ke me puso ese dia y yo tengo la prueba de un burofax ke le mande diciendole el motivo del porke no se lo iva dejar yebar y aun asi me denunció...
Pero sk encima este tipo tiene 2 hijos mas de otras 2 relaciones anteriores y los tiene abandonados no kiere saber nada de ellos y en la actualidad esta esperando su 4 hijo de otra pareja eske es muy fuerte la situacion y encima me denuncia... espero k la justicia sea justa
15/06/2011 23:34
Eso es cierto saben quien es.
15/06/2011 23:52
Otra cosita... si en la sentencia no firme ponia k me tenia ke dar 360 euros mensuaes mas gastos extraordinarios y me psas solo 300 euros... que pasa? xk el tampoco entonces esta cumpliendo la sentencia ahhh y tbn pone ke me tiene ke avisar con 1 semana de antelacion de los dias y tpc lo cumple... podria yo decir eso en el juicio xk al fin y al cabo xk me denuncia si el tpc la esta cumpliendo no?
15/06/2011 23:54
demandale tu por impago de pensión. Ejecución de sentencia creo que es.
15/06/2011 23:59
pero aunque la sentencia no sea firme tiene ke pasarme desde ya los 360 euros?
16/06/2011 00:02
laura yo diria k nada pero si la sentencia dice k se lo tiene k yebar pues no se tengo mis dudas,creo k si la criatura no es mayor de tres años no puede yebarsela todo un fin de semana,pero para ir mas trankila llama al juzgado pide hora kon un asesor k te dira lo k tendria k ser con la sentencia en la mano el te dira mejor k nadie.
16/06/2011 00:15
bea36, la frase "poner el semen no te hace padre" tambien se puede aplicar al reves, que parir no te hace madre...

Por cierto aymabardi, es que tu tecla "q" no funciona???? ;)
16/06/2011 00:22
benitoruiz esa palabra esta con los indignados del 15m,laura tiene mas a perder el k no tu ves trankila.
16/06/2011 01:22
También existe cierta división acerca de si son también ejecutables los pronunciamientos sobre pensiones compensatorias. El 525 dice que serán ejecutables provisionalmente los pronunciamientos que regulen las obligaciones de las partes; pero el ejecutado puede paralizar la ejecución si acredita que la vía de apremio causaría una situación imposible de restaurar o compensar; y al mismo tiempo indica otras medidas que garanticen la ejecución cuando haya sentencia de la AP, ofreciendo además caución. Sobre este tema, el encuentro de Jueces y Abogados de Familia (2003) determinó que: "Todas las medidas (incluida la pansión compensatoria) son ejecutables desde que se dicta sentencia de primera instancia y sin que los efectos de las dictadas en segunda instancia puedan tener efecto retroactivo. Se recomineda que los abogados soliciten expresamente en sus escritos de apelación, oposición o impugnación de la misma su voluntad de que la resolución que en su día se dicte tenga o no carácter retroactivo y que las sentencias de las AAPP efectúen de forma expresa el correspondiente pronunciamiento a tal cuestión, a los efectos de evitar problemas en fase de ejecución".

ummmmm...mira qué bueno!

seria interesante que esto lo lleyara mi ex....!quien dice que no tiene obligacion de pagar 300 euros, ya que tiene la sentencia de primera instancia apelada!
16/06/2011 09:00
Al margen de si te pasara algo o no en el jucio de faltas, que yo creo que no, hay algo en lo que no estoy en absoluto de acuerdo. ¿que es eso de que el niño necesita un rodaje para irse con su padre? ¿pero es que las madres pensais (lo siento, soy madre pero no lo pienso) que sois absolutamente imprescindibles?
Cuando mi hijo tenia 3 meses, su padre y yo nos tuvimos que ausentar todo el dia y el niño quedo con mis padres, sus abuelos, todo el dia, y no paso absolutamente nada. No se si tardo mas o menos en dormirse, no se si tomo mejor o peor el biberon.... pero nadie se murio del trauma.
De verdad, como mujer, me da mucha, muchisima rabia, que se sobrevalore tantisimo el papel de madre. Nosotras mismas nos estamos encadenando, chicas, no os dais cuenta, pero es asi.... Los hombres, si se les obliga (a algunos no hace falta, lo hacen encantados) cuidan de un bebe tan bien como nosotras. Pero claro, si desde ya les decimos que ellos no saben, que lo hacemos mejor nosotras.... pues se van a tomar unas cañas con los amigos que es mucho mas entretenido.
Y repito, un niño de 18 meses puede perfectamente pasar todo un domingo con una persona desconocida, si esa persona es cariñosa y esta pendiente de él
16/06/2011 10:33
sarapiki,ole tus pensamientos estoy con tigo en todo,vivo en el mismo pueblo que mi ex le paso la pensión k debo y solo estoy pendiente de si me llama para ir a buscar a mi niño,incluso cuando no me toka,por eso y como me llama solo cuando a ella le viene bien iré a por la custodia compartida pues creo k despues de un mes k he tenido el niño mas de 20 dias con migo me merecia por lo menos que me dijera que le diera la mitad de la pension,pues sera k no y sabiendo que no podia pagar el alkiler no tubo el detalle de decirmelo por ella misma.
16/06/2011 10:49
Si estoy de acuerdo en que un padre puede cuidar de sus hijos igual que las madres, es mas mi padre a mi y mis hermanos nos a cuidado de maravilla pero hay padres y padres y a mi me parece muy mal que un padre se despreocupe de un hijo hasta que tiene 18 meses y hay un juicio porque yo lo demande a el (si no ni eso xk se ubiera lavado las manos al igual ke a exo con sus otros 2 hijos anteriores ke las madres ni lo an demandado y el tan pancho como si no fueran suyos) y ke a sus 26 años ya tenga 4 hijos en el mundo.
Pero mira ke hay padres buenisismos pero este no es el caso os lo digo de corazon, con decir que su familia (tios, primos...) estan todos vinculados al mundo de las drogas... yo eske nada mas de pensarlo me pongo mala.
16/06/2011 11:18
¿26 años y ya tiene 4 hijos? ¡¡¡¡¡Este es el "Preñon de Gibraltar!!!!
Bromas aparte, el padre de mi hijo tampoco se esta preocupando mucho de él (el caso es que cuando estabamos casados se ocupaba casi mas que yo), pero precisamente por eso, porque el padre de tu hijo ha pasado de él segun cuentas, cuando decide ir a buscar al niño, no te opongas. Otra cosa, en la que ya no entro, es si ese hombre no esta capacitado por consumo de estupefacientes, enfermedades etc. para ocuparse del niño, ese ya seria otro tema
16/06/2011 23:31
yo seguire haciendo lo mismo ke ago... esperar a que aya una sentencia firme y mientras ke me avise con una semana de antelacion ke no lo hace encima me avisa 2 dias antes ke va venir y yo tengo k cambiar todos mis planes no? k va ke empiece el por acer la cosas bien y si kiere hacer lo k pone en la sentencia k me ingrese lo k pone, ke avise cuando tiene ke avisar y ke venga los dias ke tiene k venir no una vez al mes y encima sin avisar, venga ya ombre. esoti a la espera de un abogado de oficio para el juicio de faltas x la denuncia aver si me asignan uno o no xk como encima a los juicios de faltas no es encesario ir con abogao tengo entendio k no dan de oficio as i k veremos a ver k pasa