Buenas.
En un Juicio Civil la parte contraria consignó la indemnización(50.000 Euros) en Junio, aunque desconocemos exactamente cuando. (debe decirmelo mi abogado???) En Enero del presente año (6 meses despues) nos enteramos que el dinero lo tiene el procurador, por lo que se lo pedimos sin más. El mismo abogado exijió por mail el pago de la minuta descontandola de la indemnización, y si no, procederían (abogado y procurador) a una jura de cuentas. Todavia quedaba el tema de los intereses del proceso, por lo que, viendo en sus páginas comentarios al respecto, el proceso no había finalizado, asi que no hemos procedido al pago. Hay un desacuerdo sobre la interpretación del pago de los intereses de la sentencia, por lo que el abogado ha iniciado un trámite de acuerdo con la parte contraria para resolver el mismo SIN COSTE NINGUNO para nosotros, ni de abogado ni de procurador. La parte contraria ha consignado los intereses que considera oportunos, y al día siguiente, se nos hizo entrega del mismo, esta vez bien.
La minuta del abogado está resuelta. La del procurador es de risa, pues primero nos dice que nos hará un descuento, luego que no, y tiene la factura proforma desde el mes de Junio del año pasado y ahora amenaza con cambiar el IVA al 21 si pagamos después de Agosto de este año.
La verdad es que es lamentable esta situación. Contablemente estaría por jugarme la vida a que no puede hacer eso de cambiar el iva de una factura que ella dice haber pagado.
Como no me ha gustado su proceder, planteo la posibilidad de que nos resarzan de los intereses, desde la consigna de la parte contraria en el juzgado de la cuantía principal hasta la entrega a nosotros de la misma(50.000 euros en 6 meses).Se podría pedir? Bajo lo penal o civil? Qué interés les deberíamos solicitar?
Cuando debemos de pagar las minutas, cuando acabe el proceso en su totalidad?
Ruego premura en la respuesta.
Felicito a todos los intervinientes del foro, pues la verdad, algunos aprendemos mucho, y nos empuja a los demás a ser de la misma manera en nuestra especialidad.
Sobre cuando se pagan las minutas decir que no hay fecha cierta, lógicamente se factura al final puesto que no sabes lo que te pueda ir viniendo, pero eso no significa que no se cobre antes, siempre se cobra antes, o al menos debería ser así.
Sobre la reclamación de intereses lo llevas mal, por lo penal no hay nada que hacer y por lo civil tampoco ya que en cualquier momento desde la consignación podrías haber solicitado al juzgado el reintegro del principal.
Y que pasa si el abogado no te comunica que han consignado? Le fecha en la que nos enteramos de la consignación es a últimos de Diciembre.
Que ocurre entonces? Tanto abogado como procurador han incurrido en delito, porque no han comunicado ni entregado la consignación de la cuantía principal. En el caso del Abogado, perjura que lo hizo, pero no es cierto, y no puede probarlo. En el caso del procurador, alega que se le ha traspapeleado. Acaso no es actuar de mala fe? Es que no es denunciable?
tuve un accidente de trafico y al cabo de tres años he cobrado el mandamiento de la compañia de serguros , el abogado como es logico me reclama sus honorarios y los del traumatologo y el fisioterapeuta y el procurador , yo le digo que se lo abonare cuando me de las facturas detalladas de todo y el resultado del juicio , a lo que el se niega y me empieza a mandar email, diciendome que soy un ladron , un chorizo , un estafador , etc...,
Yo no me niego a pagar , pero cuando me entrege las facturas , ¿ que devo hacer ?,¿ le tendria que denunciar al abogado por insultos ? ya que me ha man dado varios email siempre diciendome lo mismo faltandome y diciendome que el no me menda ninguna factura.