Estimado Gogol.
No se podría presentar nuevamente la solicitud porque habría duplicidad de expediente y rechazarían el último.
Como efectivamente dice Lilia, la Administración esta en la obligación de resolver y toca esperar.
Buenos días, Lilia.
Gracias por tu aportación. No obstante, comentarte que ya llevo presentando cerca de 4 escritos de impulso para la resolución del recurso alegando que la demora del mismo esta perjudicando a mi cliente.
Pero, si dices que 6 meses aún es poco tiempo para que se pronuncien, seguiré esperando.
Aprovecho para preguntarte, cuánto se tardó la Administración en resolver tu último Recurso de Reposición interpuesto??...
Un saludo.
Entiendo que el problema reside en que no hay ningún tipo de respuesta de la Administración al recurso de reposición. Tenga en cuenta que aunque exista la figura del silencio y los consecuentes efectos que ello supone, la Administración en todo caso tiene el deber de contestar con una resolución motivada en un sentido u otro. Yo lo que hago en estos casos es presentar un escrito respaldándome en dicho deber y por ahora sí que me ha funcionado, es decir, tras el escrito....eso sí lo normalmente los recursos tardan bastante (6 meses no es tanto), por lo menos en los casos que he visto yo.
Posterior a la solicitud de residencia de larga duración, la oficina de extranería solicita a mi cliente que en el plazo de DIEZ DIAS presente escrito de alegaciones para subsanar y aportar determinada documentación. Dentro del plazo se subsana y se presenta el mencionado escrito.
Siendo así, la Residencia no fue concedida alegando la Administración que mi cliente no subsanó ni presentó escrito alguno (ojo que se presenta escrito dentro de plazo y correctamente subsanado) . Posteriormente, presentamos REcurso Potestativo de Reposición alegando detallamente todo lo sucedido y ya han pasado 5 largos meses sin que se hayan pronunciado, incluso hablando personalmente con el Subdelado de Gobierno (persona quien resuelve).
Sé que ya pasó el plazo para recurrir por la vía contenciosa administrativa.
Pero quisiera saber si se puede hacer algo más o algún tipo de queja. Dado que mi cliente se encuentra en esta situación por un gravísimo error por parte de la Oficina de Extranjería.
Espero muy cordialmente sus aportaciones y de antemano agradezco sus comentarios.
Un saludo.