A la pregunta...¿Estando de baja en el Régimen especial de Empleados de Hogar fijos discontínuos, dejarán a mi esposa agotar el año en esta situación o la podrán proponer antes para pasar Inspección médica y EVI? te diré que actualmente corresponde a la Insp. Médica o Unidad de Salud Laboral de tu Comunidad, el control y seguimiento de la baja, solamente al cumplir el año en dicha situación es cuando el INSS podría dar el alta médica, prorroga o iniciar expte. de inv. pte. en aplicación del art. 128.1 de la Ley Gral. de la Seg. Social. Asi que actualmente es la insp. medica (NO INSS) la que tiene potestad para que continue en IT o proponer al EVI por patología.
La minusvalía del 56% podría ayudar en algo, pero recuerda que la misma ha sido concedida por otro tribunal distinto al de la Seg. Social, correspondiente al Gobierno de tu Comunidad Autonoma.
Mi consejo es que con toda la información clínica que tienes, acudas a un abogado y plantees primero una Reclamación previa ante el INSS (EVI) y luego si la respuesta es negativa, inicies demanda ante el Juzgado de lo Social, ya que me temo q de no hacerlo asi, pasará el tiempo y el EVI seguirá en sus trece denegando la prestación de Incap. Pte. Total para su profesión habitual.
Sobra decir, que espero que tu señora tenga cotizados mas de 5 años 8 meses.....(se necesita saber la edad exacta para hacer el calculo). Saludos.
Muchas gracias Dragocan, perdona el objeto de mi consulta era para mi esposa, me puse yo en primera persona - lo siento-; Efectivamente tienes razón en todos los términos de la respuesta. Se me han quedado otras preguntas en el tintero como por ejemplo:
¿Estando de baja en el Régimen especial de Empleados de Hogar fijos discontínuos, dejarán a mi esposa agotar el año en esta situación o la podrán proponer antes para pasar Inspección médica y EVI? Lo pregunto porque como le tiene que pagar la baja la S.S, supongo que esto no les agradará demasiado, aunque ya se que para eso debe de seguir cotizando en ese régimen.-
Me interesaría saber ¿Si al tener una minusvalía (56%), le ayudaría eso algo en la valoración del EVI, (en las dos veces anteriores no la tenía reconocidada), porque de no ser así mucho me temo que será mas de lo mismo? Reitero nuevamente las gracias.-
Muchas gracias Dragocan, perdona el objeto de mi consulta era para mi esposa, me puse yo en primera persona - lo siento-; Efectivamente tienes razón en todos los términos de la respuesta. Se me han quedado otras preguntas en el tintero como por ejemplo:
¿Estando de baja en el Régimen especial de Empleados de Hogar fijos discontínuos, dejarán a mi esposa agotar el año en esta situación o la podrán proponer antes para pasar Inspección médica y EVI? Lo pregunto porque como le tiene que pagar la baja la S.S, supongo que esto no les agradará demasiado, aunque ya se que para eso debe de seguir cotizando en ese régimen.-
Me interesaría saber ¿Si al tener una minusvalía (56%), le ayudaría eso algo en la valoración del EVI, (en las dos veces anteriores no la tenía reconocidada), porque de no ser así mucho me temo que será mas de lo mismo? Reitero nuevamente las gracias.-
Manuel, te aconsejo optes por Reclamación Previa ante el EVI (tribunal medico perteneciente al INSS) y si continua la negativa de la incap. pte., demandes en el Juzgado de lo Social, será la unica manera, que un médico forense que es imparcial en el asunto, declare que las lesiones q tu tienes con definitivas invalidantes.
Al tener 43 años, si te conceden una IPtotal para tu profesión habitual, y ser menos de 55 años, cobrarás el 55% de la base reguladora, pero te recuerdo que esta prestación, te da la posibilidad de realizar otra tarea, que no agrave las dolencias por las cuales te concedieron la IP y volver a cotizar en ese otro posible puesto de trabajo. Espero haberte ayudado. Saludos.
Tengo tal cantidad de lesiones físicas, que no describo porque ocuparian minimo una pagina, todo ello con unas limitaciones laborales practicamente absolutas y una precaria calidad de vida. Actualmente trabajo como empleada de hogar discontínua, pero posiblemente
por poco tiempo dadas mis dolencias. He pasado ya dos veces el EVI, y siempre la respuesta del facultativo de turno es la misma:Tienes lesiones irreversibles, y mas que suficientes para que se te reconozca una incapacidad, pero luego las resoluciones siempren dicen que estas no alcanzan un grado suficiente. Tengo una minusvalía reconocida del 56%. Por todo ello pregunto: ¿ Lo vuelvo a intentar(para que me digan otra vez sí pero luego nó) o me rindo? ¿Me puede perjudicar la edad (43 años) ya que estos tribunales estan mayoritariamente compuestos por "economistas"? Agradezco respuestas.-