Entiendo que el proyecto, de la naturaleza que sea, debería estar subsumido en un contrato de prestación de servicios profesionales o similar. El problema real que aquí se suscita es de tipo contractual entre los Sres. estética y Velasco, por lo que este hilo debería estar en otro sitio distinto del administrativo.
Respecto a lo apuntado por NicolaS40, el trabajo objeto de esta consulta no entra dentro de los únicos supuestos posibles supuestos de visado obligatorio (art. 2 del RD 1000/2010, en vigor desde el 1 de octubre de 2010).
Entiendo que podría darse un supuesto de responsabilidad por daños y perjuicios (tendrías que demostrarlos) por la demora en la apertura del establecimiento. Entiendo que el profesional debería haber puesto la diligencia suficiente para conocer la normativa que exigía haber presupuestado la partida de la ventilación. Otra cosa sería el visado, no se si es en este caso obligatorio, pero los visados para eso están, para supervisar el trabajao del profesional, que se adecúe a la normativa que lo rige. El técnico tendrá su seguro para estos casos. Pienso que podrías ponerte en contacto con el colegio profesional y que te informasen. Salvo mejor criterio
En noviembre de 2010 contraté con Sr. Velasco la adecuación de local para centro de estetica.
Él es constructor y arquitecto técnico, y realizó la obra y el proyecto del local.
Nos hace el presupuesto que asciende a 14.750 € pero no incluye una partida de ventilación que exige la normativa municipal, aunque sí presenta el proyecto en el ayuntamiento (sin informarnos al respecto). El problema surge ahora porque el ayuntamiento nos deniega la licencia por no estar esta partida ejecutada. Él niega a realizarla o descontarla del pago, porque dice no estaba presupuestada.
Ahora tenemos 10 dias de plazo para subsanar las deficiencias.
Entiendo que nos ha engañado al omitir esta información en su calidad de Arquitecto Técnico.
Mi consulta es la siguiente: al tener que contratar a una empresa externa, ¿puedo descontar esta partida (factura) de los pagos pendientes, ya que él sí sabia que se tenia que realizar, aunque no la incluyo en el contrato que firmamos al principio, y podia haber hecho un anexo del mismo, y evitar todos los perjuicios que nos esta ocasionando este tema.