Tengo un amigo que vive en el límite territorial entre Ávila y Toledo. Estando en paro va a apuntarse al INEM a Talavera de la Reina (TO),le dicen que no puede xq no tiene allí su domicilio. Se apunta en Arenas de San pedro (AV). Le sale una oportunidad de negocio en la provincia de Toledo: se da alta en AEAT y Seg. social de Toledo, cambia allí (una vez alquilado el local) su domicilio fiscal y solicita subvención para emprendores de la Junta de Castilla la Mancha. Se la han denegado xq no estaba apuntado en el paro de la provincia de Toledo (sepecam) sino en el de la provincia de Ávila (ecyl); y digo yo: ¿es constitucional que encima de que no te dejan apuntarte como demandante de empleo en una CCAA xq no tienes allí tu domicilio, te denieguen una subvención por no haberlo estado?. Quiero hacerle un recurso de alzada, pero no sé cómo y qué alegar para defender que esto es un pais, al margen de CCAA y que el paro es nacional, que ya que te restringen la demanda por razón de tu domicilio no pueden luego castigarte por no haber estado en esa CCAA, si ellos mismos te lo han denegado. Es repugnante el modo que tienen de cribar para denegar y luego llenarse la boca con subvenciones que no dan. Así es como les sobra dinero de las partidas presupuestarias!!. ¿por favor teneis argumentos y/o jurisprudencia?. Gracias.
Yo diría que si la denegación estará motivada en las bases de la convocatoria e en incumplimiento de los requisitos de la misma, será complicado que el recurso prospere.