Buenas vi por web de tu seguridad social que me ha sido denegada la incapacidad permanente ,pone que me sera notificada me imagino por carta certificada ,la duda que tengo es como ya no tengo empresa no se cuando empieza a contar para pedir la prestacion se que tengo 15 dias para solicitarlo ,y no se si cuenta desde que lo vi por la web desde el dia 20 de abril o hasta que me llegue resolucion por carta certificada(que puede ser que tarde en llegar)
Y en mi caso me interesa solicitar prestacion cuando antes para cobrar algo
Me podrian informar al respecto .Llamo sepe y no lo cogen y por internet de momento igual.
Sabeis por ejemplo si solicito por internet aunque sea antes de que sea efectiva la baja por ejemplo hoy y me dan cita el 5 mayo ,se podria hacer y me atenderian el 5 de mayo sin problema o no podria hacerlo,o en teoria si lo solicite por internet antes de cuando cuenta el plazo de los 15 dias no me atenderian.
Yo creo que desde el mismo día que ves que esta denegada ya puedes solicitarla.una vez denegada se supone que estás ya dado de alta ya que no te conceden la incapacidad y para ellos “ya estás bueno”
Se que para reclamacion previa a la denegacion solo puedes hacerla desde que te llega resolucion en carta certificada o si la descargas de notificaciones y la firmas digitalmente con certificado laboral.
Pero tenga la duda si para pedir prestacion o si tubiese que recorporarme a empresa cuanta desde que te avisan no por sms sino lo vi por web y cuanta al dia siguiente o tambien no es efectivo hasta que llegue igualmente la carta certificada que es el unico que va con acuse de recibo que asegura que lo has recibido
Mira yo te digo mi experiencia propia, yo certificado digital no tengo así que sólo podía ver por la web de tu seguridad social el estado de la solicitud. Pues un día a las 7 de la mañana me metí en la pagina y me salió incapacidad denegada, pues al día siguiente la empresa me llamo comentándome que ellos ya tenían comunicado que la incapacidad estaba denegada y que tenía que ir a trabajar ese mismo día. Yo pedí un reconocimiento médico y al final lleguemos a un acuerdo económico y un parte conforme yo no podía realizar ninguna tarea dentro de la empresa y entonces cogí ya el paro.
La carta certificada me llegó 15 días después,
Gracias por comentar tu caso...lo raro es que no me llame la mutua `para decirme que me han dado el alta y si me meto en mi situacion actual del trabajor me pone que sigo de baja y de pago directo el cual me abonara la mutua para finales de este mes(a ver hasta que dia me paga)
Hola. La mutua te pagará hasta el día de la fecha de la resolución ( no hasta el día en que la recibas por correo).
Por otra parte, si pides cobrar el paro, te descontarán todo el tiempo que va desde el día siguiente del despido hasta la fecha de la resolución como si hubiese cobrado ese tiempo el paro.
En cambio si únicamente te inscribes en el SEPE ( es muy importante estar siempre inscrito en el paro) pero no pides cobrar el paro y trabajas unos días en una empresa la cual te despidiese por no superar el período de prueba( por ejemplo), en ese caso, tendrías el tiempo de paro al que tenías derecho te despidieron estando de baja.No te lo habrías gastado con la baja.
Saludos
Muchas gracias por su ayuda y recomendacion! Ojala pueda trabajar unos dias y asi poder cobrar el paro que tenia acumulado.
Si no me quedase mas remedio que solicitar al sepe el paro desde cuando me cuenta para poder solicitarlo ?
Desde el dia siguiente que vi la denegacion por la web seguridad social ?
O hasta que no llegue resolucion por carta no cuenta para poder solicitarlo.
Si pidiese ahora cita telemanticamente antes de los supuestos 15 dias y el dia que me den la cita ya esta dentro del margen de esos 15 dias? me atenderian y me lo tramitaran aunque haya peddiro cita antes de fecha?
Estoy echo un lio es plazos y demas si me lo puede aclarar,le estaria muy agradecido.
Hola.Legalmente el plazo de 15 días hábiles para solicitar el desempleo cuentan desde el día siguiente a la recepción de la resolución denegatoria del INSS.
Pero nada impide que la pudieras solicitarlo ahora.
El hecho de tener cita previa ya se considera como si hubieises efectuado la solicitud siempre y cuando acudas al SEPE el día de la cita.
Mi consejo es que lo solicites cuando te llegue la resolcuión. De esa forma tendrás más tiempo para buscar un trabajo y de esa forma no gastarte el paro desde el despido hasta la fecha de la resolución.
Saludos
Muchas gracias por sus explicaciones y consejos.
Hare lo que me dice y lo intentare..
Si finalmente no consigo otro empleo antes ,si pido paro se me descantaria el acumulado que me pertenecia por estar mas tiempo de baja que el que me correspondia de paro.
En esta situacion el sepe me cotizaria los meses que me pertenecian de paro con la base minima de cotizacion o con la base que tenia de paro?
Y ya la ultima duda que me queda de todo,
Si ya no me corresponde paro me daran subsidio ,debo esperar para poder cobrarlo aparte de los 15 dias despues de denegacion de Incapacidad 1 mes de espera por ser subsidio o en mi caso no hay mes de espera para subsidio?
Siento decir,que si has estado de baja por común y sin empresa se consume el paro que tenias acumulado si o si, estando mas tiempo de baja medica y ya sin empresa al darte el alta directamente tienes que pedir subsidio si cumples requisitos encima esperando el mes de espera para solicitarlo.
El paro se consume y no se recupera tanto si trabajas luego 5 dias o 300,se pierde de cuallquier manera,para tener paro de nuevo debes cotizar otro año entero.
Es injusto pero es asi,no te dan paro si no lo pides y trabajas despues unos dias y te despiden como decis,el Sepe dice que nanai y si quieres reclamar los abogados laboralistas te confirman que consumes paro si es comun.
Alguien de aqui que haya echo realmente lo que decis a cobrado paro atrasado ?
En Madrid ,preguntando a varios abogados me dijeron que por desgracia es correcto lo que me dijo el sepe
Ojala fuese como dices,pero yo lo he vivido en mis carnes y te descuentan el paro si o si.
Hola Siento discrepar.
Si cuando a una persona que está de baja, le despiden y posteriormente le dan de alta médica, si pide cobrar el paro , se le descuentan como días consumidos los días transcurridos desde el despido hasta el alta ( o hasta el agotamiento de los 18 meses).
En cambio si únicamente se inscribe en el paro pero no pide cobrar el paro no se le descuentan.
Por ello si posteriormente encuentra un trabajo y es despedido , no ha consumido los días de baja, excepto que el SEPE alegase y demostrase la existencia de una fraude de ley.
Saludos.
Queria agradecerte tu ayuda en cuestiones del foro,lo primero.
Yo hice lo que comentas y el sepe me dice que si o si consumo paro si solo me apunto al paro y no trabajo y despues de encontar un empleo y se termina contrato (fin de contrato,no pasar periodo de pruebas,etc,,y no pasa un año de contrato no vulvo a tenr paro)No recupero el paro acumulado que me correspondia de paro y estube de baja comun sin empresa Yo le dice lo que comentas y decia que no es asi ,sino como dice..
Me puse en contacto con 2 despachos de abogados expertos en laboral (conocidos por videos y demas internet)y los 2me dijieron que es asi..
Yo como comprenderas espeo que sea como comentas,pero es lo que me he encontado y quise reclamar y me dicen que no es como comentas,
Lo cual me suposo un buen palo,Y por eso lo comento
Hola. Me podrías detallar tu informe de vida laboral de los 2 ó 3 últimos años, así como la fecha de la baja, del despido anterior, de la fecha del alta, del nuevo trabajo y de la fecha de petición al paro.
Gracias. Saludos