Hola. Si el INSS ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia, te iniciarán el pago de la nueva pensión desde la fecha en que el INSS ha recibido la sentencia pero no te pagarán los atrasos, que quedarán pendientes de la sentencia posterior.
Si confirman la sentencia del juzgado, entonces el INSS te pagará los atrasos.
Si revocan la sentencia, el INSS te rebajaría la pensión a la IP total que venías cobrando antes de la sentencia, pero no tendfrás que devolver cantidad alguna respecto a la pensión pericbida durante el recurso.
Espero que confirmen la sentencia.
Saludos
Hola a tod@s! Tengo hernia S1 L5 degenerativo llevo 10 años pinzamiento ambas piernas,trocanteritis, pinzamiento inginal ,anea severa, tratamiento sipcriatico,etc me dieron incapacidad 55% reclamé hace 2 años y finalmente contraté un abogado con todos los informes el juzgado de lo social me dio gran invalidez y ahora recibo un certificado para decirme que me pagan lo que dicta el juez pero hicieron un recurso la seguridad social, mi pregunta es que puede pasar ahora pueden cancelarme el supremo está sentencia que me reconoció??