1º) Teniendo en cuenta que en suelo urbanizable la concesión de licencia está vetada por la ley, habría de verse si tal licencia existe.
2º) En el caso de que la hubiere, que lo dudo, su concesión debió condicionarse a la realización simultanea de las obras de urbanización y a no habitarla hasta obtener la licencia de primera ocupación.
3º) En su caso, siendo del propietario de suelo el deber de costear las obras de urbanización y el mismo una condición contenida en la propia licencia, la responsabilidad derivada de su incumplimiento sería del propietario y no del ayuntamiento.
El ayuntamiento, cuando concedió licencia de edificación, estaba obligado a exigir a los promotores de las obras, el deber de urbanizar.
Si no lo exigió en su momento, hizo dejación de sus obligaciones y ahora deberá apechugar con los gastos de urbanización.
Me temo que el ayuntamiento denegó la solicitud de hacerse cargo de la implantación de los servicios que carece el sector, que en todo caso corresponde sufragarlos a los propietarios, a Saratrav no se le deniega el derecho a tenerlos,
pues ponga algo así como:
ya que el suelo urbanizable tiene carácter de rústico hasta que se produzca su transición efectiva a urbano, y ya que casi todas las masías del término municipal disfrutan de alumbrado público, considero de justicia recibir idéntico trato para poder disfrutarlo en esta vida, que puede agotarse lentamente sin llegar a ver el desarrollo urbanístico futuro, insinuado por el planeamiento pero no menos lejano que pretendido
En la comunicación no lo pone, en el caso del término municipal todas las masías tienen alumbrado público, ¿podría ponerlo en mi recurso?
¿Como debería recurrirla?
recurrir, sí puede, y lo debiera indicar la comunicación denegatoria
¿posibilidades de éxito?, ninguna, o muy pocas en el mejor de los casos
el proceso urbanizador, con sus calles, sus aceras y sus servicios, formará parte del desarrollo urbanístico de ese sector ... por lo que habrá de esperar a que se apruebe el plan parcial (o de sectorización, según el caso) y el proyecto de urbanización
Hola, tengo una vivienda desde hace 10 años en suelo urbanizable, pero pago el IBI como Urbano desde hace más de 7 años, he solicitado al ayuntamiento alumbrado publico y acera en la zona y me lo han denegado. ¿se puede recurrir?