Bueno, considerando que pretendes implantar la actividad en suelo no urbanizable de algún lugar de la Comunidad Valenciana, creo que el precepto aplicable es el artículo 211.1, e) del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio.
Según el mismo, sólo pueden autorizarse las actividades "industriales Y productivas" indicadas en los puntos 1º, 2º y 3º que siguen y no parece que la actividad que señalas esté incluída.
Gracias por darme la oportunidad de realizar mi consulta.
La denegacion del DIC, hace referencia al tipo de actividad, refiriendose a que un taller de reparacion de vehiculos de no es una actividad productiva.
He buscado la definicion de actividad productiva y dice que los servicios tambien se cosideran actividad productiva.
Por lo tanto, ¿quien define que es una actividad productiva?
¿Donde lo puedo consultar?