Podrías demostrarlo mediante testificales de los lugareños del lugar, es decir, de los vecinos próximos a la finca los cuales expresen desde cuando no se ha utilizado la servidumbre, así como de otras manifestaciones que pudiesen desprenderse de la realidad del camino, y de lo descrito en las escritura de la finca en el Registro de la Propiedad.
Recibe un cordial Saludo. Juan Castaño Picó -Abogado- Email: juancastanyopico@yahoo.es