Respecto a la caseta de herramientas, en tanto que tiene licencia otorgada con anterioridad a una ley que según dices salió en 2.006, no debes preocuparte en lo que hace referencia a lo construído conforme a la licencia, otra cosa será el exceso.
En ese supuesto no te la pueden hacer tirar sin la pertinente indemnización. Lo normal es que te la declaren como FUERA DE ORDENACIÓN, con la consecuencia de que vas ha poder hacer obras de reparación en ella, pero no reformarla ni ampliarla.
Aún sabiendo que con mis opiniones no estoy satisfaciendo el interés de muchos foreros, actuaciones administrativas como en la que te ves inmerso, se van a repetir en todas las CCAA.
Hola pac,
ya veo que todo esto ve costarme mas de 20.000 € y que no tengo muchas salidas.
En cuanto a la LEGALIDAD de la LICENCIA, yo tampoco comprendo porque dudan ya que cuando se dio el permiso y cuando se construyo fue en el 2002, pero quieren aplicarme las leyes del 2006 en que se convirtio en una zona de interes paisajistico. Tienen apoyo legal para ello?
Un saludo
PARA EL GARAJE. La sanción mínima para las infracciones graves es de 3.001 Euros según la Ley, no se si la Administración que impone la sanción puede minorarla atendiendo a los hechos concretos. De ello tu abogado debe informarte.
PARA LA CASA DE HERRAMIENTAS. Si las Normas Subsidiarias, por ejemplo, dicen que puede tener 2,50 ms. de altura la caseta y la licencia concedida en su día fué para esa altura y tú has construído 3,10 ms., has cometido una infracción que no puede legalizarse, de ahí que te pidan el proyecto para rebajar esa altura a la legalmente permitida.
Al personarte como codemandado en el contencioso-administrativo, es posible que si lo solicitases en forma, Urbanismo podrían dejar en suspenso la orden de rebajar esos 60 cms. hasta que se solvente el juicio. Pero como te digo es una mera posibilidad y es a tu abogado quien corresponde decirte hasta que punto puede ser factible esa propuesta.
Si como dices, en el contencioso se está dirimiendo la LEGALIDAD de la LICENCIA otorgada por el ayuntamiento, sospecho que esa caseta se ha constrído en suelo clasificado como de especial protección, lo cual podría ser mas grave todavía.
EL GARAJE; mi avogado, en su escrito de repuesta a la propuesta de Resolucion ha dicho que aceptamos la restitucion y pide que la sancion baje de 9.750€ a 3.001€: se puede pedir de no pagar nada por la colaboracion que tenemos con la administracion? sobre que ley puedo acogerme para hacerlo?
LA CASA DE HERRAMIENTAS; Segun las Normas Subsidiarias del Municipio la altura maxima es inferior a la que yo he hecho pero; podria ahora pedir oficialmente al Ayuntamiento si me admitirian esos 60 cms de mas aunque no este inscrito como explotante agricola?. (Lo malo es que dentro de dos dias deberia llevarle el proyecto de bajar ese techo a Urbanismo).
A tu pregunta: El contencioso-administrativo de Tarragona es un recurso ordinario que ha interpuesto la Generalitat de Catalunya contra el Ayuntamiento, siendo objeto de debate la licencia y permanencia de la caseta.
Muchas gracias de nuevo por tus respuestas rapidas que son tan urgentes para mi en estos momentos
EL GARAJE, al parecer y según dices asumes que el garaje es ilegal y que vas a proceder al derribo por tu cuenta. Si cumples los plazos que te hayan dado, no se te deberían acumular las sanciones.
LA CASA DE HERRAMIENTAS, si como dices has sobrepasado en 60 cms. la altura reflejada en el proyecto para el cual se te concedió la licencia para esa casa, has cometido una infracción, ¿ vale ?, pero hay casos en que con un expediente de legalización puede resolverse el problema. Si el PGOU del municipio permite esa mayor altura, lo único que debes hacer es presentar una modificación de tal proyecto adaptado a la normativa en vigor y pagar la licencia de obras de esa mayor altura. Solamente cuando no lo permita el planeamiento es cuando te verás en la obligación de rebajarla.
Sin embargo hay una cuestión que no comprendo, ¿ que se está dilucidando en el contencioso-administrativo ?
Gracias por tu respuesta y siento que mi texto no te sea muy claro, yo lo he vuelto a leer y no veo demasiados comentarios extras.
En cuanto a lo que se denuncia; son las dos cosas.
EL GARAJE: que es ilegal y por el que ya estoy tramitando el derribo y que considero normal deber hacerlo ya que no segui los tramites administrativos necesarios sino,solo los consejos de las gentes de la zona. Lo que quiero es evitar tener que pagar, a mas a mas la multa, porque entre otras cosas no puedo.
LA CASA DE HERRAMIENTAS de la que tengo licencia del ayuntamiento y por la que estaba tranquila en su conservacion. Pero tu me hablas de que si,que pueden darle nulidad aunque yo tenga permiso del 2002 y documentos que acreditan en el 2003 la explotacion de la finca. Es posible que por un cambio de uso pueden dar nulidad ahora?. Urbanismo de Barcelona ahora me pide que; ya que les presento el proyecto de derribo del garaje, que tambien le presente el proyecto de bajar 60 cms el techo de la caseta de herramientas... y si depues de haberlo hecho, dentro de un año, el resultado del contencioso-administrativo de Tarragona es que hay que derribar?.
Espero haberte aclarado ahora un poco el tema y te agradezco tu proposicion de darme tus opiniones al respecto
Hola excepción, vaya por delante mi consejo de que cuando expongas algún tema, lo hagas de una forma menos extensa y sin entrar en consideraciones, políticas, que no van al caso. Y es que tu farragosa exposición, no consigo deducir que es lo que se denuncia, la caseta de herramientas, el garaje, o ambas cosas a la vez.
Me considero en la obligación de decirte que éste es uno más, entre los muchos que se plantean en éste foro, sobre qué puede ocurrir en el supuesto de " tirar para adelante " sin las perceptivas autorizaciones administrativas. No me cansaré de repetir que desde hace algún tiempo y con más asiduidad en el futuro, en materia de disciplina urbanística las administraciones, especialmente cuando obra denuncia por medio, se ven en la OBLIGACIÓN de actuar.
Sobre la primera cuestión decirte, que la licencia para la caseta de herramientas se te concedió ajustada a la ejecución de un proyecto de construcción, si has sobrepasado la altura contemplada en el proyecto en 60 cms., supone un mayor volúmen edificado para el que no tenías licencia, por lo tanto ese exceso es ilegal. Sin embargo si la normativa municipal y autonómica, permite ese mayor volúmen por ser conforme al planeamiento, presentando expediente de legalización aportando proyecto modificado y pagando los impuestos correspondientes y sanción en su caso, no debe haber mayor problema.
En lo referente a la denuncia de esa persona ( me da igual que sea el anterior alcalde ), de que has construído un garaje sin la preceptiva licencia o, en el supuesto de que la tuvieses, tal concesión infringe el ordenamiento jurídico y es legalizable, puedes proceder de la misma forma que con la caseta de herramientas, sin embargo si no es factible su legalización, por ser contrario al planeamiento en suelo no urbanizable, deberás restablecer la legalidad infringida a la situación legal anterior, es decir, te verás obligado a derruir lo que de ninguna manera puede ser legal.
Como no puedo hacer otra cosa, de tu explicación interpreto que el ayuntamiento te ha concedido una licencia de obras para el garaje que no tenía potestad para otorgar, por no ser acorde con el ordenamiento jurídico. Si es correcta mi interpretación, debes considerar que en tanto a tí se te concedió licencia y construiste conforme al proyecto aprobado, si esa licencia se declara nula administratívamente o judicialmente, tienes derecho a que se te indemnice los costes derivados de la misma, coste justificado del proyecto, impuestos municipales vinculados, coste de construcción y demolición, etc. si es éste tu caso, tu abogado debería trabajar para su obtención y si desistes en conseguir su reconocimiento, con seguir los pasos que se te indique en el procedimiento habierto es suficiente. Si tienes el tiempo necesario para dedicarlo a su seguimiento, no creo que tengas necesidad de los servicios de un abogado para ello.
Sin embargo para cualquier asunto que esté en los tribunales, sí se requiere de los servicios de un letrado y procurador.
Si consideras que mis deducciones son erróneas o entiendes que puedes dar mas detalles sobre tu problema, no dudes en exponerlo, que si puedo darte una opinión al respecto lo haré.
Saludo a los buenos consejeros,
Estoy en una situacion injusta y quisiera saber lo que puedo hacer para perder el minimo de plumas posible.
En el año 2001 compre una finca rustica de 10ha en Tarragona. En el 2002 construi una "caseta de heinas" con la licencia del ayuntamiento. Mas tarde realice un pequeño garage adosado de 30m2, sin licencia, para guardar los depositos de agua, generador y herramientas para los olivos. En 2006 el ex-alcalde del pueblo pone una denuncia por la construccion y pide nulidad del permiso que dio el actual alcalde. Yo estaba ausente y no me entero hasta ahora. De su denuncia han deribado dos dosieres: uno de Urbanismo de Barcelona y otro de contencioso-administrativo en Tarragona donde consto como parte condemanda. He buscado rapidamente un avogado que al principio me dijo que podiamos ir a Tribunal, con urbanismo, porque habian argumentos para defender la construccion y sobre esa intencion me hizo un presupuesto.
Finalmente he decidido aceptar la propuesta de resolucion de derribar voluntariamente la parte ilegal y pagar multa y asi pasar de falta muy grave a falta grave. Aunque tenia pruebas de peso y aunque algunas acusaciones eran incorrectas; los gastos que me suponian legalizar la casa eran demasiado elevados para mi (arquitectos, autonomo agricola, abogado...)y por ello obté por no ir a Tribunales con urbanismo. Ahora lo unico que estoy haciendo es seguir las directrices de urbanismo, osea que mi avogado en vez de defenderme, para mi, esta solo haciendo de intermediario, pero sigue pidiendome los mismos honorarios que su hubieramos ido a la "guerra" con Urbanismo, es eso correcto? como puedo hacerle disminuir los importes con argumentos de ley, ya que hablando con el no llego a acuerdo?.
Ahora Urbanismo me pide que baje los 60 cms de mas de altura que hice en la caseta de einas, ello me supone un gasto enorme y ademas yo quiero esperar el resultado del contencioso-administrativo que, aunque el propio alcalde se esta defendiendo, y aunque es legal, no se como acabaran las cosas. En este caso el abogado me dice que ha hecho varias gestiones pero para mi solo ha ido a comunicar que la parte condemandada se da por enterada. Para mi es muy facil defender el caso de la caseta ya que tengo el permiso y los papeles como que me ocupaba de la explotacion de olivos, aunque si que es cierto que ha habido despues un cambio de uso.
Para demolir la parte sin licencia debo pagar un arquitecto, las runas, las maquinas, aval bancario... y este abogado, que por hacer varios correos, me esta pidiendo varios miles de euros.....puedo darle este caso a otro avogado mas economico ahora? puedo recuperar algo del dinero que ya le entregue a cuenta? puedo evitar el aval bancario si derribo antes de la fecha maxima? puedo evitar de alguna forma pagar la multa de la parte ilegal?..... Es impresionante todo este dosier por 30m2 de mas en una finca de 10 ha, pero creo que es una historia politica mas que urbanistica y que a mi me ha pillado en medio. No es justo porque esta historia, que en el fondo no va conmigo, me esta costando mucho dinero.
Nota: Importante a saber es que otra de las razones por las que no he optado por defenderme mas, son los largos periodos de la justicia y mis periodos largos de ausencia en los que puedo perder correo importante para seguir este asunto durante 6 u 8 años.
Espero con impaciencia vuestros consejos ya que todo el mundo me atosiga con fechas limites