me separe hara 3 años y medio. Despues de un matrimonio de 13 años donde sufri abusos psicologicos y fisicos continuos. " hijas fruto de la relacion. Despues de no comparecer en aqulla epoca para firmar el convenio. la juez le dictamina una pension alimenticia de 1200 euros. A lo largo de estos 3 años los ha ido pagando haciendome sufrir cada mes, pero ya hace 5 meses que no hace dicho pago. Todo esto no lo he denunciado porque como esta continuamente cambiando de trabajo, pues esperaba que se le solucionaran las cosas . ahora esta trabajando de nuevo y el tema es que no le importa mucho cumplir porque ve que hasta ahora he podido substir y ya no hace ni caso. Es decir he obrado en nuestra contra cediendole tiempo a que solucionara sus asuntos. El Asunto ahora es que justamente el jueves dia 8 de febrero va a ir al notario para recoger las ultimas voluntades de su padre .El cual le cede solamente la legitima del piso. como estoy preoucupada porque se vaya a gastar todo el dinero en droga y malvivr , quisera saber si es posible ponerle una demanda via lo penal por no haber pagado la pension de sus hijas y pudiendole embargar parte de la legitima. ya que es lo unico que se le puede embargar , ya que la nomina no es viable porque cambia continuamente de trabajo. Ya en dos ocasiones se las embargaron en dos trabajos distintos , pero ahora no funcionara.
Les detallo un poco el perfil de mi ex-marido:
Mi e-marido con antecedentes de malos tratos a mi y posteriormente tambien con varias denuncias-graves de sus novias por lo mismo. Además es un gran consumidor habitual de cocaina y alcohol.
Saben Uds. como fucionan los procedimientos via penal? habra tiempo de embargar antes de que cobre? Cuanto tiempo suele tardar ?
Hola Agata 550! a ver si puedes denunciar tu caso por la via penal, ya que el art 227 de CP, establece que el que djare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos, establecida en Convenio Judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legl, divorcio etc.....
Es un delito contra los derechos y deberes familiares, si quiere para que sea todo mas rapido, lo puedes denunciar en cualquier jefatura de Policia, Comisaria o Juzgado y que se realice por juicio rapido, ahora si, tienes que presentar todas las pruebas que tengas, estracto de cuenta bancaria donde te suele hacer el ingreso de la pensión alimenticia, según estipula el correspondiente Convenio Regulador.
Tambien facilitar lugar donde trabaja tu ex actualmente, para así poder pillarlo insitu realizando tareas, en fin todo esto si se denuncia en Policia si se hacen las averiguaciones pertinentes y se adjuntan al Atestado en cuestió.
En cuanto a lo del notario del día 8/02/07, ya no se si tu puedes intervenir, si manifestarlo en la denuncia, ahora tampoco puedes mezclar temas penales con civiles, denunciarlo ya!! espero que alguien te pueda asesorar mejor que yo en este tema, Un saludo!
hola, agata550. Yo creo que deberías denunciarlo en via penal, como ha indicado jomago, pero tambien reclamarle el pago de las pensiones atrsadas en via civil, incluyendo las actualizaciones que correspondan. en cuanto se admita, solicita al Juzgado que se tomen medidas para investigar sus bienes y si hubiera recibido algo por la herencia, pues que se lo embarguen.
SI ya has instado la ejecucion de la sentencia de divorcio(reclamacion de las pensiones atrsadas), di a tu abogado lo de la herencia y que se lo comunique al Juzgado, a ver si le puede meter mano
un saludo
Gracias por vuestro asesoramiento. He estado pensando hoy y creo que primero intentaré una vez mas por la via del entendimiento. sino, pues ahora sé que pasos habré de seguir. Muchisimas gracias. Un fuerte abrazo!
Estoy de acuerdo con jomago y molly malone. Sé que es aburrido decir esto, pero cuando una persona lleva la razón, pues hay que decírselo.
Bien, lo cierto es que este delito es semi - publico, por lo que solo se puede perseguir si media previa denuncia de la persona agraviada o su representate legal, en el caso de menores o incapacies tambien podra hacerlo el ministerio fiscal.
Ello significa que una vez denunciado, de usted ya no dependera la terminacion del procedimiento. Sin embargo, en la practica suele ser asi.
Mi opinion es denunciarlo y cuando se llegue a un acuerdo presentar un escrito ante el juzgado perdonandolo, renunciando a acciones civiles y penales y excusando su asistencia al juicio por no querer entablar acusacion alguna contra el.
Si bien, aun asi, legalmente el ministerio publico podria seguir solicitando su condena y hasta conseguirlo, en la practica, en estos casos, el ministerio fiscal suele pedir la libre absolucion por falta de actividad probatoria, especialmente por no haberse ratificado el denunciante en su denuncia ante el juez.
Por tanto, denuncie. Su denuncia en la negociacion le dara fuerza y usted no esta mintiendo, sino que denuncia algo que es cierto.