Un trabajador presenta una demanda declarativa en reconocimiento de relación laboral frente a la empresa, señalándose el juicio para enero de 2020.
El mismo trabajador presenta otra demanda en reconocimiento de despido improcedente frente a la misma empresa anterior, señalándose el juicio para abril de 2019.
¿Habría que suspender el juicio por el despido (abril 2019) para esperar que dice la sentencia de la declarativa de reconocimiento de la relación laboral (enero 2020)?
Porque, podría darse que la declarativa diga que no hay relación laboral y en la de despido diga que sí la hay.
¿Que argumento jurídico utilizaríais para pedir la suspensión del juicio por despido?
Es muy importante para mi. Os lo agradezco de antemano.