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demandar a un hospital de la SS o al cirujano¿ perdida de la vision de un ojo por posible negligencia medica?

3 Comentarios
 
Demandar a un hospital de la ss o al cirujano¿ perdida de la vision de un ojo por posible negligencia medica?
15/06/2009 04:31
buenas,tengo muchas dudas del procedimiento a seguir para efectuar demanda al hospital o a su cirujano interviniente, hace unos dos meses llamaron a mi madre desde el hospital entrevistandose con un cirujano el cual la convencio de que se operase de cataratas y trasplante de 1/4 parte de la cornea y que la intervencion era muy segura y le mejoraria la vista, el dia 8 de mayo la operaron y al salir del quirofano - _-no la quisieron ingresar _salio mareada que apenas podia andar teniendo que recorrer varios pasillos largos salir a la calle y seguir caminando unos 200mts hasta el parkin una persona mayor de 77años de edad ,le dieron visita para el martes dia12 ya que el lunes era fiesta en badalona pasan 4 dias y cuando la visitan tenia una fuerte infeccion en todo el globo ocular,no se encontraba el cirujano que la intervino y le dieron un tratamiento para la ifeccion muy agresivo teniendo que estar una persona pendiente cada 40 inutos para efectuar el tratamiento durante 48 horas ,,,siguen sin ingresarla,,,al dia siguiente la visita el cirujano y urgentemente la vuelven a operar ,y esta vez si que la ingresan,,al cabo de 8 dias le comunican que debido a la infeccion pierde la vision del ojo. en principio baso la negligencia en que si la hubiesen ingresado se hubieran percatado del iicio de la infeccion y el mal hubiera sido menor. el medico tenia que haber informado de posibles consecuencias negativas que pudiera tener la operacion ,segun mi madre que no estaba muy convencida de operarse el medico la convencio . yo creo que el medico se tendria que percatar que dar explicaciones medicas de determinadas operaciones la jente mayor no se enteran y tendria que haber solicitado un familiar de acompañante. mi madre antes de la operacion tenia una vida social bastante activa escursiones ginnasia paseaba mucho, actualmente se ha deprimido mucho tiene miedo a salir sola en la calle y si sale tiene que ir una persona que la coja del brazo en definitiva a tenido un bajon vital que esta afectando a mi padre (viven solos) . que me aconsejan solicito justicia gratuita dado que son pensionistas,efectuo reclamacion por daños y perjuicios al hospital, ¿ que alternativas puedo escoger le estaria muy agradecido por la respuesta adios
perfil Rus
15/06/2009 17:59
Para utilizar la vía civil tiene que demandar a la compañía aseguradora. Para demandar al hospital debe presentar primero una reclamación administrativa y después, si se la desestiman, demanda contencioso administrativa por responsabilidad patrimonial de la administración.

hablo de administración porque Ud. hace referencia a un hospital de la seguridad social. Si la intervención tuvo carácter privado-particular, el ámbito es civil.
13/01/2010 17:15
Buenas tardes, me gustaría saber si en los casos de negligencia de un facultativo que trabaja en un hospital de la Seguridad Social, debería acudir primero a la vía penal, dirigiendome contra el facultativo y el hospital y en caso de desestimación acudir a la vía contencioso-administrativa o directamente iniciar la reclamación patrimonial de la administración (vía administrativa) y en el caso de que se haya desestimado instar demanda contencioso administrativa

Gracias de antemano
15/01/2011 13:33
Hay que aclarar que se debe TENER CLARO antes de accioar en un tema de responsabilidad medica o Derecho Sanitario(es un especialidad) que:
1º ver la gravedad en la Infracciona a la lex artis medica, pues en los niveles mas GROSEROS se abre la via penal por imprudencia profesional.

2º Tener cuidado de no ir a la via penal por una simple infraccion de la praxis medica, pues se archivara el caso con la perdida de tiempo y dinero
3º Cuando hay una adminsitracion publica y o sanitario publico que presta el acto medico, la via es primero la adminsitrativa por responsabilidad patrimonial y despues la contencioso- adminsitrativa, donde acaban la mayoria d las demandas de este tipo, siempre y cuando no hablemos de un imprudencia profesional tipificada en el codigo penal(va jurisdiccion penal).
En Resumen todo depende(la via de reclamacion) de la ENTIDAD EN LA INFRACCION A LA LEX ARTIS medica . Un saludo