Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

demandar a un ex-inquilino

8 Comentarios
 
Demandar a un ex-inquilino
23/05/2008 18:11
Hola
Hace un año alquilé mi piso con contrato de un año y con fianza de un mes. A los 7 meses empezó a darme largas con que no podía pagarme, y me pagaba mal y tarde. Desde enero no me paga ni el alquiler, ni luz ni agua ni comunidad. Un mes antes del vencimiento anual les presenté una carta en la que le avisaba de la no renovación y de la cantidad que me adeudaban: 1700 euros. Tengo la carta firmada por el inquilino. He conseguido que se vayan pero las llaves se las dió a mi hermano que casualmente estaba en la puerta en ese momento, y como no me quieren pagar (insultos y malos rollos por medio) es lo único que tengo.
En el piso dejaron un ordenador muy viejo y un video roto. Por teléfono me dicen que lo tire a la basura, que no vale.
En el contrato especifiqué que el piso se encontraba en perfectas condiciones de habitabilidad, pero ahora está con 2 persianas rotas y más desperfectos.
Me consta que está trabajando, y que (según él )gana 2.200 euros al mes

Mis preguntas son éstas:
1. Puesto que tengo el papel firmado y además testigos que han visto la mudanza ¿podría demandarme él a mi por algo?
2. Yo voy a presentar una demanda por impago ¿las costas las asumirá el inquilino si pierde?
3. Cuando hicimos el contrato yo les dije que los gastos de comunidad los pagaban ellos pero en el contrato puse que los pagaba yo (de eso me he dado cuenta ahora, y ellos también porque lo han pagado siempre, constando ello en el recibo) como ahora vamos a malas dice que lo del contrato es lo que manda. ¿un contrato verbal no es válido?
Muchas gracias. Carmen
25/05/2008 10:53
1- por lo que dice,no.
2-si,claro, usted puede reclamar principal intereses costas
3-si pero si lo escrito y firmado lo contradice...como probarlo? salvo que usted pueda documentalmente probar lo contrario.

cualquier comentario
lawteo@yahoo.es
25/05/2008 12:28
Muchas gracias teofilo.
Respecto al punto 3, ¿serviría como prueba documental los recibos de todos los meses que me han pagado de gastos de comunidad?
Un saludito .Carmen
26/05/2008 08:05
aporte lo que tenga, luego sera el juzgador quien decida la calidad de esa prueba.

26/05/2008 22:57
hoy hemos ido al abogado y ésta es la respuesta que nos ha dado:

1. respecto a los gastos de escalera, como el inquilino nos firmó la notificación de rescisión de contrato en la cual iba desglosado el importe de la deuda y uno de los conceptos era"gastos de comunidad", eso prevalece sobre el propio contrato en el cual no estaba reflejado pero verbalmente si se había pactado.

2.para poder cobrar:
-primero enviará un escrito al ex-inquilino y luego le llamará por teléfono y si no hay acuerdo...(125 eur)
-hay un siguiente paso antes de llegar a un proced. judicial (creo que ha dicho moratorio)en el que se presenta la deuda y se cita al deudor. él puede:a) o no presentarse, b) o negarse a pagar c)o pagar. Si paga la deuda, no pagaría los honorarios del abogado (325 eur), si no se presenta o dice que no paga entonces iríamos a un procedimiento judicial y si pierde, él se haría cargo de todo.

Se nos ha olvidado preguntar si se declara y demuestra insolvencia qué ocurriría.
Ya hemos tirado p´alante.

Lo que tengo claro es que si el inquilino me llama para saldar la deuda después de recibir la carta yo no voy a hablar con él. Para eso tengo a mi abogado, ahora voy a ser yo la que tenga la sartén por el mango.

Además me he enterado del piso que se ha alquilado (me dicen que lo ha señalizado) y antes de que entre a vivir voy a hablar con los dueños. Algunos me dicen que no me meta en lios pero a mi me gustaría que alguien hubiera hecho eso por mi.
perfil Jan
28/05/2008 13:21
Hola nuncanunca. Voy a responder en primer lugar a las preguntas que plantea en su pirmer post y, en segundo lugar, voy a darle mi opinión respecto al contenido de su segundo post.

Primer Post:

"1. Puesto que tengo el papel firmado y además testigos que han visto la mudanza ¿podría demandarme él a mi por algo?"

Si usted dispone del documento que acredita la resolución de mutuo acuerdo del contrato y dispone de las llaves de la vivienda su exarrendatario, en principio, NO podría ejercitar acción judicial alguna contra usted.

" 2. Yo voy a presentar una demanda por impago ¿las costas las asumirá el inquilino si pierde?"

Normalmente la respuesta a su pregunta es afirmativa,aunque hay excepciones.

". Cuando hicimos el contrato yo les dije que los gastos de comunidad los pagaban ellos pero en el contrato puse que los pagaba yo (de eso me he dado cuenta ahora, y ellos también porque lo han pagado siempre, constando ello en el recibo) como ahora vamos a malas dice que lo del contrato es lo que manda. ¿un contrato verbal no es válido?"

El tema de los gastos comunitarios es controvertido. Habría que examinar con detalle tanto el contrato como los recibos para determinar la viabilidad de su reclamación.

Segundo Post:

"1. respecto a los gastos de escalera, como el inquilino nos firmó la notificación de rescisión de contrato en la cual iba desglosado el importe de la deuda y uno de los conceptos era"gastos de comunidad", eso prevalece sobre el propio contrato en el cual no estaba reflejado pero verbalmente si se había pactado."

Sin poder examinar el contrato y los recibos no puedo dar mi opinión sobre la respuesta que le ha ofrecido su abogado.

"2.para poder cobrar:
-primero enviará un escrito al ex-inquilino y luego le llamará por teléfono y si no hay acuerdo...(125 eur)
-hay un siguiente paso antes de llegar a un proced. judicial (creo que ha dicho moratorio)en el que se presenta la deuda y se cita al deudor. él puede:a) o no presentarse, b) o negarse a pagar c)o pagar. Si paga la deuda, no pagaría los honorarios del abogado (325 eur), si no se presenta o dice que no paga entonces iríamos a un procedimiento judicial y si pierde, él se haría cargo de todo."

El paso que le indica su abogado se denomina MONITORIO(no moratorio) y es un procedimiento judicial especial para la reclamación de deudas vencidas y no satisfechas.

En mi opinión no se si prosperaría el citado procedimiento,aunque se puede intentar por ser más rápido, en principio porque en la práctica a veces es diferente, a un Juicio Verbal. Éste último es al que se refería su abogado cuando le dijo: " si no se presenta o dice que no paga entonces iríamos a un procedimiento judicial y si pierde, él se haría cargo de todo."

3."Se nos ha olvidado preguntar si se declara y demuestra insolvencia qué ocurriría."

Una persona NO puede declararse insolvente. Sería el Juzgado quien PODRÍA declararle insolvente si reune los requisitos legales exigidos para ello. Teniendo una nómina NO puede ser insolvente, por ejemplo.

4)"Además me he enterado del piso que se ha alquilado (me dicen que lo ha señalizado) y antes de que entre a vivir voy a hablar con los dueños. Algunos me dicen que no me meta en lios pero a mi me gustaría que alguien hubiera hecho eso por mi."

Le aconsejo encarecidamente que NO hable con los dueños del nuevo piso. Si su arrendatario se enterase podría denunciarla penalmente.

Reciba un cordial saludo.

28/05/2008 22:39
Hola Jan. Graciasmil por tu respuesta. La verdad, hace falta encontrarse con estos problemas para aprender la lección y nunca (nuncanunca jeje) se aprende todo. En 8 años que llevo de arrendataria nunca me había pasado esto, al contrario, cuantas veces me ha llamado el/los inquilinos para que me pase a cobrar que ya se han pasado 15 o 20 dias...Y además los sigo viendo porque viven en mi ciudad (los 3 inq. diferentes) y se han comprado piso (a los últimos hasta les hice unos regalos cuando se fueron). La pena es que confías en las personas y me siento mas defraudada por ésto que por 1500 cochinos euros.
perfil Jan
29/05/2008 10:52
Hola nuncanunca. No se merecen. Ha sido un placer poder orientarla.

Reciba un cordial saludo.
perfil Jan
29/05/2008 10:54
Hola nuncanunca. No se merecen. Ha sido un placer poder orientarla.

Reciba un cordial saludo.