Pretendo demandar a la comunidad de propietarios del edificio colindante con un solar de mi propiedad. Mi pregunta es la siguiente: ¿Basta solamente con dirigir la demanda contra esa comunidad de propietarios señalando como domicilio a efecto de notificaciones el de la calle en la que se encuentra el edificio en cuestión?
¿Es necesario dirigirla frente a todos los propietarios del inmueble y aportar notas simples del Registro que acrediten su titularidad?
contra la comunidad, hija, imagínate que tuvieras que meter un contencioso contra el Ayuntamiento de Madrid y la legitimidad pasiva la tuvieran los 3 millones de habitantes, jeje.
Era lo que imaginaba guarromán. Ya se que la respuesta era obvia pero a veces siempre se necesita esa confirmación a lo que tú piensas. Inseguridades del principiante, supongo.
Una última pregunta: pretendo demandar a esa comunidad de propietarios porque están accediendo a sus garajes por una propiedad de mi cliente. Sin embargo, sé que dentro de esa comunidad hay una serie de locales que carecen de garaje por lo que tengo la duda de demandar a la totalidad de la comunidad y que aleguen falta de legitimación pasiva por esos titulares de locales sin garaje, o bien demandar solamente a los propietarios que tengan garaje, que son los que efectivamente están pasando por la parcela de mi cliente.
El caso es un tanto "rarillo", porque como tú bien dices, ¿hasta qué punto puedes hacer responsable a una comunidad de lo que hagan "algunos" comuneros?
Yo miraría lo siguiente:
¿Existe otro paso posible para acceder al garaje?
Si hay otro paso posible, y tienes claro que la porción de terreno es de tu cliente, y no hay constituida una servidumbre de paso, yo directamente pondría medios físicos (valla o cadena) para impedir el paso.
De otro modo, tendrías que acudir a una negatoria de servidumbre de paso, y eso es un rollo patatero.
Si NO hay otro paso posible (me extrañaría mucho), iría claramente contra la comunidad.
Hagas lo que hagas, puedes encontrarte el problema, ya que la Comunidad te puede alegar falta de legitimidad pasiva, y si demandas a los 5 que pasan y te dejas a 1, aunque ganaras, ese 1 podría seguir pasando.
Yo directamente haría eso, poner un cerramiento.
Por otro lado, si requieres a la comunidad y ésta te contesta aceptando la legitimidad pasiva; es decir, si te da a entender que sí que pasan o que pretenden tener algún derecho o algo por el estilo, se están legitimando pasivamente ellos solos.