Un vecino nos ha demandado a nosotros y a 56 vecinos más en un procedimiento ordinario para modificar las cuotas de participación de los copropietarios en nuestra comunidad. Estamos de acuerdo, porque las diferencias no son muy grandes y porque tiene razón, pero ahora parece que tenemos que contestar con abogado y procurador, ¿qué debemos hacer? ¿si le damos la razón nos impondrán las costas? ¿no podemos darle la razón sin abogado y procurador?Gracias
Ana, con la demanda, se presenta en el Juzgado y dice que se allana, es decir, que está de acuerdo con lo que dice el demandante. No la hace falta ni Procurador ni Abogado. Recuerde que tiene veinte días para acudir y que no caiga imposición de costas.
Ese vecino, ¿no planteo ese tema en Junta General para ser tratado en la misma, antes de iniciar la demanda?.
No se hasta que punto puede prosperar dicha demanda, si no se ha solicitadfo previamente acuerdo de la Junta de Propietarios.
Estoy de acuerdo con lo que dice Lexis pero la consultante dice que está de acuerdo con lo que propone la demanda y la preocupa lo de tener que acudir con Procurador y Abogado, lo que sería necesario en el caso de oposición a la demanda.
Por consiguiente, si está de acuerdo con la demanda, creo que lo más lógico y económico sería allanarse.
Si además, el tema no ha sido propuesto en Junta, no se puede aducir temeridiad por los demandados.
Otra cosa sería si hubiera sido tratado en Junta y denegado.
Otra cuestion es oponerse todos y que cada uno pida condena en costas. Le puede salir un paston. Si las diferencias de cuotas no son abusivas, tiene pocas posibilidades de prosperar y menos si no hay acuerdo en Junta.