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demanda subarriendo de vivienda

4 Comentarios
 
05/07/2012 11:33
Por favor ignorad mi primera respuesta. Habia entendido mal el supuesto.

El contrato de sub-arrendamiento quedara extinguido en cuanto se decrete la extincion del contrato de arrendamiento del que trae causa (por falta de pago del arrendatario), por lo que se deberia demandar tambien al subarrendatario como poseedor de la finca, pero solo en lo relativo a la accion de desahucio, no a la reclamacion de rentas, que quien las debe es el arrendatario.

Ojito:

Una cosa que se nos esta escapando y que puede ser la base de la contestacion del demandado: dices que el arrendatario no es el ocupante, que implica que el unico ocupante es el subarrendatario, no?

Y si lo que ha habido no es un subarriendo, sino una cesion del contrato?

Si es subarriendo hay dos contratos de arrendamiento, uno entre el propietario y el primer arrendatario, y otro entre el arrendatario-subarrendador y el subarrendatario.

Si es cesion de contrato solo hay un contrato de arrendamiento entre el propietario y el primer arrendatario, y una sustitucion subjetiva (contrato de cesion, consentido o no por tu cliente). Mediante la cesion el tercer poseedor pasa a la posicion del arrendatario, que desaparece de la escena. Quien esta obligado a pagar la renta a partir de la cesion es este tercer poseedor, como arrendatario. En este caso ambas acciones, reclamacion de rentas y desahucio deberian entablarse unicamente contra este arrendatario. Si la cesion es inconsentida, entonces seria como expongo en mi primer parrafo.
05/07/2012 11:03
tienes razón morinelli,

mi cliente es el arrendador, es decir el propietario. El arrendatario, subarrendó la vivienda, y no está pagando a mi cliente.

Gracias también alcanta por tu aclaración.

La duda que me queda es si se utiliza el mismo procedimiento que para el resto de desahucios por falta de pagos, aunque contra quien va dirigida (quien firmó con mi cliente) no es el actual ocupante de la vivienda. Hay que comunicarle también la demanda al subarrendatario?

gracias!!!
05/07/2012 10:27
Y revisa a quién llamas arrendador y arrendatario que o te haces un lío o no se entiende muy bien la situación....
04/07/2012 17:25
Claro, tu cliente es el (sub)arrendador, y como tal puede demandar al sub-arrendatario.

Mirate el art. 250.1.1 LEC. Esta legitimado el legitimo poseedor... para recuperar la posesion (no habla de dominio, ni de propietario). Tu cliente como arrendatario-subarrendador es el legitimo poseedor y a quien debe revertir la finca, para su uso o su posterior subarriendo a otro que si que pague.

Pero ojito, porque si tu cliente como arrendatario a su vez no esta pagando la renta al arrendador, este puede instar demanda de desahucio y reclamacion de rentas en cualquier momento, y no vale eso de "yo no pago porque a mi no me pagan"...
Demanda subarriendo de vivienda
04/07/2012 10:45
Hola a tod@s

se me plantean dudas en el siguiente caso:

mi cliente arrendó una finca con casa para servir de vivienda habitual al arrendador, pero autorizando expresamente el subarriendo. Efectivamente, el arrendatario la subarrendó, y ahora el subarrendador de la finca no paga ni a mi cliente el primer arrendador.

Mi intención lógicamente es cobrar las rentas debidas y desahuciar. Mi pregunta es si el procedimiento a emplear es el mismo que si no hubiera subarriendo, es decir el verbal con ambas acciones acumuladas. A quién demando, hago constar en la demanda que está subarrendada?, etc. Espero vuestro consejo.

Gracias!!!