tengo que despedir disciplinariamente a un trabajador que se ha apropiado de forma indebida de unas cantidades cobradas a los clientes ( se trata de un comercial). Mi pregunta es:
¿ Puedo reclamar el montante de esas cantidades presentando una demanda ante el juzgado de lo social, independientemente de la denuncia penal por el delito?
¿ Sería esto anterior lo apropiado o es mejor reclamar por la vía civil?