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demanda según LOE

1 Comentarios
 
18/03/2011 17:23
Los daños de cada uno sí se pueden identificar si los puedes individualizar, lo que pasa que en estos casos es complicado.

Creo que interponer demanda aplicando el CC artículo 1100 es mejor, además del palzo que es de 15 años para el ejercicio de la acción.

No creo que por acudir a la solidaridad tengas un defecto de forma en proponer la demanda.

Mi opinión es que es perfectamente posible ir por el CC artículo 1100 que además da mucho juego sino leelo.

Un saludo y suerte.
Demanda según loe
17/03/2011 19:13
HOLA!! NECESITO FORMULARIO DE DEMANDA APLICANDO EL ART. 17.2 DE LA LOE, no el Código Civil, se trata de cómo individualizar el daño según cada agente constructivo¿ Debo cuantificar los daños de cada uno?
no puedo acudir a la solidaridad de los agentes ya que puedo incurrir en un defecto de forma en proponer la demanda. Gracias