Lo del adulterio no es de este foro. Su hermano está amparado por la fe notarial y judicial. Se puede plantear, aunque hayan pasado 5 años, causas de nulidad convencionales, pero no concretamente ésta, vicio del consentimiento, porque el mismo, de existir, tuvo lugar en el mismo momento de la transacción, es decir: que su excuñada se dio por pagada en ese momento y no procede decir que se ha dado cuenta de que no le dieron el dinero cinco años después. El asunto se resume preguntando qué clase de documento tendría que firmar esta señora si se le volviese a pagar.
Mi hermano se divorció hace 5 años, en el documento notarial ratificado por el juez de liquidación de gananciales y divorcio , le entregó una cuantía de dinero en ese acto como específica el notario en la escritura.Dos meses más tarde ratifica ella misma dicho acuerdo en el juzgado.
Ahora su ex mujer le demanda porque dice que no recibió ese dinero y que fue engañada por su entonces marido, y solicita que se retrotraiga dicha liquidación o bien le dé el dinero otra vez.
El divorcio fue de mutuo acuerdo.
En ningún momento han existido malos tratos ni denuncias al respecto .
Si quiero aclarar que hubo adulterio por parte de ella así como abandono del hogar familiar por su parte.