Tengo una duda con respecto al tipo de demanda que interponer.
Mi cliente es propietaria en virtud de Escritura de Compraventa de una tercera parte indivisa de una vivienda, que a efectos prácticos ( a pesar de no haberse realizado la segregación, ni división horizontal ni nada de nada ), está delimitada, existiendo un patio comunitario con las otras dos partes indivisas, al que se accede a través de una puerta, a la cual no tiene acceso mi cliente, ya que renunció a ello. No obstante en el momento de construcción de la vivienda de mi mandante, la instalación electrica de su vivienda, al igual que la instalación electrica de las otras dos vivienda se realizó por el citado patio.
Pues bien, años después una de las otras partes es comprada por un señor, que sin preguntar a nadie sobre el origen o destino de dicha instalación electrica, procede a cortar los cables, y a dejar a mi cliente sin corriente electrica.
Mi duda es, si entablo un demanda en reclamación de la responsabilidad civil derivada de daños, como cuantifico los daños, ya que son más daños morales que personales, pues realmente no existe ningun daño material, salvo el coste del arreglo de la propia instalación electrica, sería más adecuado interponer una declarativo, solicitando una condena de hacer, en cuanto a la reparación de la instalación electrica?