Tengo que presentar demanda reclamando los daños ocasionados por los inquilinos. No existe documento de rescisión ni reconocimiento de deuda y me han cerrado la via penal.
En el contrato se especificaba el inventario y las obligaciones de reposición y reparación de ello. Tengo todo documentado por Notario y Perito, el valor de los daños asciende a 10.000€, por lo que ¿juicio ordinario apoyado en el art 249 o 250 de CC?.