Mi abogado lo llevé ante acto de conciliación por mala praxis y no se presentó. Ni siquiera cuando el Decano del Colegio de Abogados lo llamó. En el mismo Colegio me dijeron que tenia que demandarlo por lo Civil pues estaba claro la mala praxis. Y aquí está la cuestión: NO ENCUENTRO UN ABOGADO QUE DEMANDE A OTRO ABOGADO. Y puedo decir que he ido a varios y la contestación es la misma: entre ellos no se demandan. He pensado en demandarlo yo misma. Es vergonzoso como me lo encuentro y se rie en mi cara. Me cobró hasta un procurador que no tenía conocimiento que lo era. Es más, fue el que me facilitó la sentencia via email y me dijo que en 20 años era la primera vez que le pasaba esto. Me encuentro en total indefensión. ¿como puedo buscar un abogado capaz de dar ese paso? ¿puedo demandarlo yo misma?¿Cual debe ser las pautas ? Estoy dispuesta a afrontar lo que sea necesario. Si este señor solo hubiera reconocido su mala praxis, yo hubiera podido volver a poner la demanda contra mi empresa y estaria , a un 50% porque tengo asumido que a veces se pierde pero tambien se gana, y estaria trabajando. Gracias.
No debería ser tan difícil encontrarlo, abogados hay muchos y no son todos amigos entre sí. Si no, tiene las siguientes opciones:
- Solicitar que se le designe abogado de oficio incluso si usted no tiene derecho a asistencia jurídica gratuita (aunque en ese caso tendrá que pagar usted al abogado, claro). Pregunte en el colegio de abogados por esa posibilidad.
- Demandar usted misma si la cuantía no pasa de 2.000 euros, si no no.
Con respecto a su afirmación de que "si este señor solo hubiera reconocido su mala praxis, yo hubiera podido volver a poner la demanda contra mi empresa", no entiendo qué quiere decir. Al abogado puede reclamarle que le indemnice por el perjuicio que le causó su incumplimiento, pero esto no le permitirá a usted volver a demandar a la empresa.
Si la negligencia del abogado provocó que la tuviesen por desistida, o una absolución en la instancia, etc., entonces puede demandar otra vez con mala praxis o sin ella, salvo que haya pasado el plazo de prescripción o caducidad.
Fuera de los supuestos anteriores, si la negligencia del abogado provocó que se dictara una sentencia contraria a sus intereses, o que tal sentencia ganara firmeza, el reconocimiento de la negligencia NO permite revocar la sentencia que se haya dictado en otro proceso anterior.
Muchas gracias. A este señor se le olvidó todo desde el principio. Es más, la secretaria del juez era quien lo avisaba pues veía que en el primer acto de conciliación no se presentaba y cuando pusieron fecha para juicio no contestaba. Cuando se recurrió, se le pasó la notificación seis meses. Estaba todo concluido. Pero se podía haber demandado a la empresa con el contenido real de esa demanda o por lo menos, eso dijo otro abogado. Yo le pedí el sueldo de un año sin pagas. O por lo menos una disculpa pues el señor juez lo llevó a trámite por mi insistencia en que me había personado y un escrito de querer seguir con la demanda a instancia superior, a pesar de que sabía que este abogado no había ni utilizado toda la documentación que le pasaron los sindicatos. Aquí se conoce todo el mundo por eso lo del amiguismo entre colegas. Y yo no puedo olvidar esa risa sarcástica