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demanda por inactividad

2 Comentarios
 
Demanda por inactividad
23/01/2010 22:29
Hola, hace 3 meses insté a mi Ayuntamiento para que tome medidas para evitar el botellón en mi plaza y no ha hecho nada. Pienso demandarle por inactivad y me asaltan algunas dudas. Tengo que solicitar certificación de acto presunto al no haberme contestado en esos 3 meses e impuganar ese acto o basta presentar la demanda por la inactividad? Que juzgado es el competente el de lo contencioso o la sala del TSJ? Gracias.
28/01/2010 16:08
Normalmente, contra los actos de los ayuntamientos es competente el juzgado de lo contencioso. No obstante, te recomiendo acudir a un letrado a asesorarse de cuál puede ser la vía adecuada para interponer la reclamación, por si resultara más conveniente forzar un pronunciamiento expreso o, en su caso, interponer denuncia ante la policía local.

Un saludo.
30/01/2010 21:14
Para presentar una demanda por inactividad, hay que presentarla ante el juzgado contencioso-administrativo, no hace falta el certificado de actos presuntos, lo que si has de aportar es la reclamación por inactividad que hicistes hace tres meses, y los normas legales (Ley, reglamento, etc..), en la que bases la inactividad de la Administración por omisión de aplicación de dicha norma.